Los vehículos años 1979 a 1986 inclusive a partir del le. día del mes de enero de 2007 dejaron de tributar por la Ley 13.613, pero si poseen deuda anterior a esa fecha deberán cancelar la misma.
VENCIMIENTOS AÑO 2007 |
|
1ra. cuota | 31/07/2007 |
2da. cuota | 10/09/2007 |
3ra. cuota | 10/12/2007 |
Sin poseen deuda municipal pueden obtener beneficios de la Ley 13010 art. 13 con un descuento del 50% sobre los intereses deben dirigirse a la Municipalidad y llevar:
- Original y copia de la póliza de seguro (pagina 1 datos del vehículo) y comprobante de último pago.
- VTV de la Provincia de Buenos Aires, Ley 11.430 otorgada por talleres habilitados por M.I.V.S.P. El periodo de vigencia deberá abarcar los vencimientos de las tres cuotas del año.
AUTOMOTORES MUNICIPALIZADOS MODELO 1977 A 1995 INCLUSIVE
La provincia de Buenos Aires delegó a las Municipalidades la administración de los automotores mencionados conservando la potestad tributaria de los mismos. • El impuesto será abonado en 3 (tres) cuotas anuales con vencimiento en Junio, Septiembre y Diciembre • Los vehículos mod./año 1977 y 1978 quedaron exentos de pago a partir del año 2004 sin perjuicio de las obligaciones vencidas e impagas hasta el ejercicio fiscal 2003. • Los vehículos mod./año 1979 a 1984 inclusive quedan exentos de pago a partir del año 2006 sin perjuicio de las obligaciones vencidas e impagas hasta el ejercicio fiscal 2005. • Los vehículos modelo/año 1984 y 1985 quedan exentos de pago a partir del presente ejercicio (2007) sin perjuicio de las obligaciones vencidas e impagas hasta el ejercicio fiscal 2006.
ACLARACIÓN
Los trámites son personales. Cuando el trámite lo realice un gestor deberá presentar la hoja de mandato, si lo realiza un mandatario deberá presentar la credencial al día o revalidación de la misma. Cualquier otra persona deberá traer la firma del titular certificada por escribano, juez de paz, policía o entidad bancaria.
FORMULARIOS PARA LA BAJA DEL AUTOMOTOR
Formulario de baja 219
Formulario baja 541 frente y dorso
REQUISITOS
No poseer deuda, – Fotocopia del título automotor, – Fotocopia DNI del titular. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales. No completar formularios con carbónico.
Con la documentación solicitada, el titular deberá retirar un formulario R-541 de libre deuda y sellarlo en caja con un importe de $10,00. Luego deberá sacar dos copias del mismo y por último completarlo por triplicado. De dichos formularios, uno quedará a resguardo en nuestros archivos junto con la documentación solicitada, otro deberá llevar el contribuyente al Registro de Automotor y el último lo deberá conservar en su poder. También deberá completar el formulario 219 por duplicado.
Baja del automotor por robo o hurto
REQUISITOS
No poseer deuda, – Contar con la baja en el Registro del Automotor, – Fotocopia del Título automotor, – Fotocopia del DNI del titular. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales. No completar formularios con carbónico.
El titular deberá retirar de la oficina 23 el formulario R-541, sellarlo en caja por $10,00. Luego sacar dos fotocopias y completarlo por triplicado. También deberá confeccionar el formulario 219 por duplicado, una de las copias queda en el Municipio la otra la deberá llevar a la Compañía de Seguros. La baja se dará a la fecha que indique el Registro Automotor.
ALTAS DE AUTOMOTORES
FORMULARIOS
Formulario de alta
REQUISITOS
Baja anterior (en caso de no poseer dicha baja será necesario un Informe Histórico de Dominio, – Alta en el Registro Automotor (formulario 31A), – Fotocopia del DNI del titular, – Fotocopia título automotor, – Fotocopias de los últimos pagos. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales.
Con la documentación solicitada, el titular del vehículo deberá llenar por duplicado el formulario de alta. Uno de ellos junto con la documentación queda a resguardo en nuestros archivos y el otro lo deberá conservar el contribuyente en su poder.
BENEFICIO VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR
REQUISITOS
Fotocopia de la verificación técnica vehicular al día, Fotocopia del Seguro al día, Fotocopia de la cédula verde. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales.
Para realizar el pago de patentes de automotor no vencidas, se le otorga al contribuyente una bonificación del 50%, cumpliendo con los requisitos solicitados.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Graciela, Muchas Gracias POr la pornta respuestas. Igual mi intencion es pagar lo que se deba de patente, el tema es que yo antes no pague la patente pro el tema este que tenia que ir a la municipalidad a darlo de alta. Entonces mi miedo es que porque como no esta dado de alta en la municipalidad no me dejen transferir, pero si ellos me dicen mira debes xxx plata de patente yo lo pago. mi miedo es el hecho ese de que no lo di de alta en la municipalidad. se puede igual???
Hola Julio Cesar:
La transferencia generalmente la podes hacer, aveces depende del registro pero por lo general se puede hacer y los papeles no se los entregan al nuevo propietario hasta que no se cancele la deuda, en otros registro le escriben al titulo que sale con deuda de patente, pero en pilar creo no te lo entregan hasta no pagar, pero la podes hacer.
gracias
Hola Mariela:
Si es para el pago anual y en fecha.
gracias
El auto esta en PIlar, la patente es SYF 522
Hola, tengo que vender un auto que esta municipalizado, pero no esta dado de alta el tema de la patente. Mi consulta es si puedo hacer la transferencia igual y pagar lo que debo cuando salte la deuda de la pantente?? o sisi tengo que hacer el alta y despues transferir??
Muchas Gracias!!!