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Impuestos automotores municipalizados, Ley 13.010

Los vehículos años 1979 a 1986 inclusive a partir del le. día del mes de enero de 2007 dejaron de tributar por la Ley 13.613, pero si poseen deuda anterior a esa fecha deberán cancelar la misma. VENCIMIENTOS AÑO 2007 1ra. cuota 31/07/2007 2da. cuota 10/09/2007 3ra. cuota 10/12/2007 Sin poseen deuda municipal pueden obtener beneficios de la Ley 13010 art. 13 con un descuento del 50% sobre los intereses deben dirigirse a la Municipalidad y llevar: Original y copia de la póliza de seguro (pagina 1 datos del vehículo) y comprobante de último pago. VTV de la Provincia de Buenos Aires, Ley 11.430 otorgada por talleres habilitados por M.I.V.S.P. El periodo de vigencia deberá abarcar los vencimientos de las […]

Los vehículos años 1979 a 1986 inclusive a partir del le. día del mes de enero de 2007 dejaron de tributar por la Ley 13.613, pero si poseen deuda anterior a esa fecha deberán cancelar la misma.

VENCIMIENTOS AÑO 2007

1ra. cuota 31/07/2007
2da. cuota 10/09/2007
3ra. cuota 10/12/2007

Sin poseen deuda municipal pueden obtener beneficios de la Ley 13010 art. 13 con un descuento del 50% sobre los intereses deben dirigirse a la Municipalidad y llevar:

  • Original y copia de la póliza de seguro (pagina 1 datos del vehículo) y comprobante de último pago.
  • VTV de la Provincia de Buenos Aires, Ley 11.430 otorgada por talleres habilitados por M.I.V.S.P. El periodo de vigencia deberá abarcar los vencimientos de las tres cuotas del año.

AUTOMOTORES MUNICIPALIZADOS MODELO 1977 A 1995 INCLUSIVE
La provincia de Buenos Aires delegó a las Municipalidades la administración de los automotores mencionados conservando la potestad tributaria de los mismos. • El impuesto será abonado en 3 (tres) cuotas anuales con vencimiento en Junio, Septiembre y Diciembre • Los vehículos mod./año 1977 y 1978 quedaron exentos de pago a partir del año 2004 sin perjuicio de las obligaciones vencidas e impagas hasta el ejercicio fiscal 2003. • Los vehículos mod./año 1979 a 1984 inclusive quedan exentos de pago a partir del año 2006 sin perjuicio de las obligaciones vencidas e impagas hasta el ejercicio fiscal 2005. • Los vehículos modelo/año 1984 y 1985 quedan exentos de pago a partir del presente ejercicio (2007) sin perjuicio de las obligaciones vencidas e impagas hasta el ejercicio fiscal 2006.

ACLARACIÓN

Los trámites son personales. Cuando el trámite lo realice un gestor deberá presentar la hoja de mandato, si lo realiza un mandatario deberá presentar la credencial al día o revalidación de la misma. Cualquier otra persona deberá traer la firma del titular certificada por escribano, juez de paz, policía o entidad bancaria.

FORMULARIOS PARA LA BAJA DEL AUTOMOTOR

Formulario de baja 219
Formulario baja 541 frente y dorso

REQUISITOS

No poseer deuda, – Fotocopia del título automotor, – Fotocopia DNI del titular. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales. No completar formularios con carbónico.

Con la documentación solicitada, el titular deberá retirar un formulario R-541 de libre deuda y sellarlo en caja con un importe de $10,00. Luego deberá sacar dos copias del mismo y por último completarlo por triplicado. De dichos formularios, uno quedará a resguardo en nuestros archivos junto con la documentación solicitada, otro deberá llevar el contribuyente al Registro de Automotor y el último lo deberá conservar en su poder. También deberá completar el formulario 219 por duplicado.

Baja del automotor por robo o hurto

REQUISITOS

No poseer deuda, – Contar con la baja en el Registro del Automotor, – Fotocopia del Título automotor, – Fotocopia del DNI del titular. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales. No completar formularios con carbónico.

El titular deberá retirar de la oficina 23 el formulario R-541, sellarlo en caja por $10,00. Luego sacar dos fotocopias y completarlo por triplicado. También deberá confeccionar el formulario 219 por duplicado, una de las copias queda en el Municipio la otra la deberá llevar a la Compañía de Seguros. La baja se dará a la fecha que indique el Registro Automotor.

ALTAS DE AUTOMOTORES

FORMULARIOS

Formulario de alta

REQUISITOS

Baja anterior (en caso de no poseer dicha baja será necesario un Informe Histórico de Dominio, – Alta en el Registro Automotor (formulario 31A), – Fotocopia del DNI del titular, – Fotocopia título automotor, – Fotocopias de los últimos pagos. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales.

Con la documentación solicitada, el titular del vehículo deberá llenar por duplicado el formulario de alta. Uno de ellos junto con la documentación queda a resguardo en nuestros archivos y el otro lo deberá conservar el contribuyente en su poder.

BENEFICIO VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR

REQUISITOS

Fotocopia de la verificación técnica vehicular al día, Fotocopia del Seguro al día, Fotocopia de la cédula verde. Las fotocopias deben ser acompañadas por sus respectivos originales.

Para realizar el pago de patentes de automotor no vencidas, se le otorga al contribuyente una bonificación del 50%, cumpliendo con los requisitos solicitados.

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2.407 comentarios en “Impuestos automotores municipalizados, Ley 13.010”

  1. Hola:
    Compré un auto modelo ’97, radicado en Tres de Febrero, en Agosto del 2011. Me extendieron el libre deuda, a la fecha, en el registro de Ciudadela (hice TODOS los trámites con el titular anterior)pero aún no me llegó el pago de patente alguna (faltaría la última del 2011 y las de este año). Vivo en Morón, adonde se pasaría la radicación. ¿En qué municipio debo solicitar que me extiendan el pago de la deuda? Muchas gracias.

  2. Hola te consulto mi papa compro un auto y queremos hacer la transferencia, esta radicado en Capital, Dominio, tiene un acta de infraccion del 26/7/2007 por estacionar en lugar prohibido, y no dice importe a pagar, dice a resolver en UACR 31, que debemos hacer? Con esto no saldra el Libre Deuda de Infracciones?
    Y por ultimo es modelo 1992, es obligatorio hacer la verificacion en la Planta de Policia Federal? Muchas Gracias
    PERDON ME OLVIDE DE PREGUNTAR DEUDA DE PATENTE ES AÑO 1992 esta radicado en Capital, GRACIAS

    1. Liliana

      Con deuda de infracciones no sale lirbe deuda, tiene que primero resolver la situación y la deuda de CF se necesita el Nº de dominio y el Digito Verificador que esta en las patentes, cualquier boleta paga o impaga

  3. Hola te consulto mi papa compro un auto y queremos hacer la transferencia, esta radicado en Capital, Dominio , tiene un acta de infraccion del 26/7/2007 por estacionar en lugar prohibido, y no dice importe a pagar, dice a resolver en UACR 31, que debemos hacer? Con esto no saldra el Libre Deuda de Infracciones?
    Y por ultimo es modelo 1992, es obligatorio hacer la verificacion en la Planta de Policia Federal? Muchas Gracias

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