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Calendario de vencimiento de AFIP para Autónomos en Agosto de 2015

A partir de este lunes 3, tal como indica el calendario de vencimientos de AFIP para agosto de 2015, comienza a vencer el pago de la cuota de autónomos. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla cada una de las fechas en las cuales se deben abonar los aportes y las contribuciones de la Seguridad Social de los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General (RG). El cronograma con las fechas de vencimiento para Autónomos en agosto de 2015 varía en base a la terminación del número de CUIT del contribuyente. Dicho calendario es el siguiente: Terminación del CUIT Vencimiento 0 y 1 03/08/2015 2 y 3 04/08/2015 4 y 5 05/08/2015 6 y 7 06/08/2015 8 y […]

A partir de este lunes 3, tal como indica el calendario de vencimientos de AFIP para agosto de 2015, comienza a vencer el pago de la cuota de autónomos. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla cada una de las fechas en las cuales se deben abonar los aportes y las contribuciones de la Seguridad Social de los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General (RG).

El cronograma con las fechas de vencimiento para Autónomos en agosto de 2015 varía en base a la terminación del número de CUIT del contribuyente. Dicho calendario es el siguiente:

Terminación del CUIT Vencimiento
0 y 1 03/08/2015
2 y 3 04/08/2015
4 y 5 05/08/2015
6 y 7 06/08/2015
8 y 9 07/08/2015

Si bien los monotributistas pagan el mes en curso, los autónomos realizan el pago a mes vencido. Por lo cual, en esta cuota es la correspondiente al mes de julio.

Las formas de pago de esta obligación son las siguientes:

  • Personalmente en una de las entidades de pago habilitadas por AFIP mediante la utilización del Formulario 1061 o indicando al cajero el Código de Registro Autónomo y el período.
  • Por un cajero automático.
  • Realizando un pago por Internet. para ello es necesario generar un VEP, lo cual es posible realizar siguiendo los pasos que se detallan AQUÍ.
  • Débito directo en una cuenta de un banco.
  • Débito automático en una tarjeta de crédito.

Un dato a tener en cuenta es que las dos últimas opciones otorgan una bonificación correspondiente a un mes al contribuyente. Para ello, el débito debe haber sido efectuado en todo el período.

Cabe señalar que, por la Resolución General 3768 publicada el 27 de abril en el Boletín Oficial, los contribuyentes con domicilio fiscal o que desempeñaron tareas en Provincias de Río Negro y del Neuquén, que fueron afectadas por las erupciones del Volcán Calbuco de abril, esta obligación vencerá conforme al calendario de pagos de diciembre.

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