Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Graciela:Tengo una empleada domestica que trabaja 10hs semanales(2hs 2 dias y 3hs los otros 2dias) y cobra por hora,es asi que todos los meses le pago un importe diferente segun la cantidad de dias en el mes.Mi pregunta tiene que ver con sus vacaciones y el aguinaldo,ya que me han dicho que al cobrar por hora($12),no le corresponde nada de eso;ella trabaja desde hace año y medio,pero esta en blanco desde hace un año,la otra consulta tiene que ver con que yo le pago los dias que yo no pude estar en mi domicilio,inclusive con previo aviso de mi parte hacia ella,no asi los dias que ella falta,esto esta bien?sobre todo el hecho de pagarle las horas no trabajadas?
Bueno,espero puedas ser de gran ayuda.
Gracias
Hola quiero consultar por como es la liquidación final para la empleada que lleva un año en casa, quedó embarazada, espera para febrero proximo y dejaría de trabajar el 30 de diciembre.Atentamente.
Maria
Deja de trabajar? faltan datos para responder pero le corresponden lso dias trabajados, aguinaldo y vacaciones si esta dentro del regimen?
soy domestica trabajo 3 años quiero renunciar cobro 1000 pesos cuanto me toca por los 3 años es acaso y un sueldo por año oooo sueldo y medio espero que me de la respuesta por mi correo gracias gracielaaaa trabajo d3 9 am hasta la 5 en que categoria estoyyy por favorr graciasss
maria
No se entiende mucho la pregunta si renuncias no te corresponde nada mas que los dias trabajados, aguinaldo y vacaciones, pero depende de los dias y horas que trabajas
graciela perdona la molestia… tengo un tema bastante urgente por resolver…
tengo una empleada domestica que quiero blanquear, pero ella ya trabaja en una lavanderia…
mi pregunta es si puedo unificar los aportes que le haria a la obra social (mediante el formulario 102 de la afip) con los aportes que la lavanderia le hace a la otra obra social…
es decir mi idea es que en vez de tener 2 obras sociales distintas, tenga una sola pero con mayor cobertura…
hay alguna manera que esos 47 pesos no los pague mediante el formulario 102 y se los pague a la obra social de la lavanderia para que mejore su cobertura?
gracias espero tu respuesta
David
No vos los pagas en el formulario 102 y que ella vaya a la obra social con el formulario y el pago y pida le sea incluido ese pago a esa obra social que ella ya esta adherida, siempre y cuando la obra social tenga personal de servicio se pueden unificar los pagos y mas plata para la obra social
Graciela: nuevamente te molesto. Tengo tantas dudas para evitar malos ratos a futuro!!!!
Mi empleada hace unos 6 meses esta en blanco por decisión nuestra, pero trabaja con nosotros hace unos 5 años. ¿Corresponde abonarle algo por esos años en negro? Aclaro que no la voy a despedir, es simplemente para saber.
Otro tema, en el monto de recibo del F102 ¿se deben incluir los aportes y contribuciones? Es decir si su sueldo es de $842,22 debe figurar en el recibo ese importe? ¿O le debo adicionar los $35 que le pago? ¿O el total de los aportes ($81,75)?
Desde ya muchas gracias y disculpas por las reiteradas consultas.
Atte.
Germán
German
Por lo 5 años anteriores tendrias que esperar si llegase a ver una moratoria y los incluis o lso podes ir pagando de a dos meses, pagas el que vence y un mes para atras e los no pagados, entendes, ella si te va a reclamar algo seguro te va a reclamar los aportes para poder jubilarse y de esta manera vos estas cumpliendo, mas o menos me entendes? Formulario 102 sueldo mas $35 que es lo que tenes que pagar vos