Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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hola, queria saber si me pueden informar sobre que acabo de renuncir en una casa que estube trabajando 5 años.cuanto o como debo cobrar? ESPERO SUS RESPUESTAS MUCHAS GRACIAS JESICA
jesica
Faltan datos para responer pero si renunciaste te corresponde tu sueldo, aguinaldo proprocional y vacaciones si es que cumplis los requisitos de estar en el regimen de servicio domestico
hola,quiero saver cuanto corresponde que me paguen trabajo por hora dos veses por semana mas de 5 horas diarias hase 10 años que trabajo con la misma familia desde ya muchas gracias!
Hola Graciela
Una empleada sin retiro que comenzo el 03/2009, en diciembre le di vacaciones que desde el 23/12 y regreso el 06/01/2010, que se las abone. En febrero me voy 10 dias a Pinamar y le pido que venga conmigo y se nego, esos 10 dias corresponde que se los abone. Trabaja de lunes a viernes y el sabado medio dia.
Gracias
Hola
tengo una empleada en blanco desde mayo de 2009. En enero me confirmo que esta embarazada y debo despedirla dado que tengo que contratar a otro persona para el cuidado de mi hijo.
Que debo pagarle.
Gracias por la información, son de gran ayuda
Verys
Verys
Como todavia no tiene un año solo 5 dias de falta de preaviso, dias trabajados y SAC proporcional
Hola Graciela:
Quería consultarte lo siguiente sobre dos cuidadoras que están con cama adentro (una 5 días y otra 2). Ellas me dijeron que no les convenía estar en blanco, yo lo que hice fue que me firmaran recibos comunes. Se me presentan dos dudas:
1) a quien cubre los fines de semana y los feriados, ¿le corresponden vacaciones? No pregunto por la antigüedad ya que sé que es a partir de un año (aunque no les correspondiera, a la que trabaja toda la semana se las dimos) sino por el hecho de los feriados y los fines de semana.
2) la sra que está toda la semana aprovechó las vacaciones para (de acuerdo a lo que me dijo) operarse y apenas me volvió me dijo que ahora sí quería estar en blanco para poder tener una obra social. Yo le dije que sí ya que inclusive se lo había ofrecido pero ella me dijo que no le convenía. ¿Puedo tener algún problema por el tiempo que estuvo en negro (me lo pidieron ellas pero nunca les pedí que me lo dejaran por escrito)? Te cuento que a ambas se les han pagado los sueldos y aguinaldos correspondientes.
Desde ya muchas gracias
sabina
Si podrias tener problema si ella hacen lio, pero empeza a hacerles los aportes y si queres luego le vas pagando dos meses uno el que vence y otro para atras con los intereses y te evitas el problema, entendes? Sabado y domingo no le corresponde vacaciones no cumple regimen serviico domestico trabajar 4 horas como minimo 4 dias a la semana