Empleada del servicio doméstico

Guía practica del Régimen del Servicio domestico

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956. Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas. Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen […]

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.

Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.

Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.

GUÍA

RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO
CONCEPTO ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN REQUISITOS
Personas comprendidas Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales

Antigüedad superior a 30 días

INSCRIPCIÓN
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP
APORTES Y CONTRIBUCIONES
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado.
REMUNERACIONES BÁSICAS
CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA 01/11/2007
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1021.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares $ 947
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 925.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $830.-
QUINTA todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más $ 830.-  $6.30 /h
DERECHOS LABORALES
VACACIONES Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
DÍAS ANTIGÜEDAD
10 días hábiles más 1 año menos 5 años
15 días hábiles más 5 año menos 10 años
20 días hábiles más 10 año
AGUINALDO Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2
ENFERMEDAD Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig.
JUBILACIÓN La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes.
SALARIO FAMILIAR Se encuentran excluido de  la Le 24.714No corresponde pago
DESPIDO
PREAVISO
Antigüedad Tiempo
90 días a  2 años 5 días
más de 2 años 10 días
INDEMNIZACIÓN Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas.

1.143 comentarios en “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”

  1. Graciela te escriba en ésta entrada ya que x la que solía escribírte (Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre 2009) no me lo permitió..pero vengo de ahí.- Besos…

  2. Hola Graciela…
    Te cuento que lamentablemente no pude ver a mi abogado amigo ya que mi padre está internado x un A.C.V.- Quería ir adelantándo ya que surgieron otros problemas con ésta mujer.- Pregunta: Que me conviene más Graciela: Despedírla o que se vaya x motus propio..?? Te recuerdo que está en blanco.- Hoy tuve otro altercado pero esta vez x suérte..delánte de un compañero mio laboral que me vino a dar una mano con la casa de mamá, descubrí una rata en la rejilla del baño principal..no te imaginás el susto que me pegué..encima hoy duerme solita mamá ya que yo no me sentí nada bien.- Aguardo tu respuesta y ya no sé como disculpárme con vos x tantas molestias.- Cariños…

  3. Hola Graciela: Te cuento que tengo una chica que trabaja 4 horas por día de lunes a sabado, y le pago $1.000. El tema es que los reparto de esta forma: lunes, martes, jueves y viernes viene a casa, y miercoles y sabado (de mañana) a mi negocio que está en otro domicilio. Cual sería el problema con ponerla em blanco?, digo porque creo que tiene que ser en un solo domicilio.

  4. Buenas noches, Graciela:
    Tengo una niñera que trabaja entre 65 y 70 hs al mes. Para evitar confusiones y no cometer errores, necesito saber: cuánto le corresponde de sueldo?, y cómo debo hacer el cálculo de los aportes y demás(completar los formularios, Recibo de sueldos, etc.), porque quiero tener todo en regla y pagarle lo que le corresponde.
    Desde ya, muchas gracias.

    Marisa
    Capitán Bermúdez, Pcia. Santa Fe

  5. Graciela, te cuento, presentamos un escrito en el Ministerio aclarando que la abogada de la contraparte realizò mal algunos càlculos (utilizò para todas las vacaciones el sueldo dividido 25 dìas, yo creì que eran solo las vacaciones y el resto por 30) y tambièn en dicho escrito se proponìa un plan de 12 cuotas y se realizò el depòsito del primer pago. Inmediatamente recibimos una carta documento de la abogada de la contraparte intimàndonos que paguemos al contado que no querìa ningùn plan y con palabras suaves y muy jurìdicas (por decirlo de alguna manera) nos dijo que no somos quien para imponer pagos ni formas de calcular las indemnizaciones Y QUE NOS ASESOREMOS BIEN antes de presentar escritos «fuera del marco legal» (WTF?)…espero tu respuesta…mil gracias

    1. Carlos Ponce

      Por lo que entiendo vos presentaste el escrito sin un asesoramiento legal? Sino queres poner abogados pedi una audiencia en el Ministerio de Trabajo para llegar a un acuerdo, si presentaste el escrito por medio de un abogado, tenes que consultarlo a él

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