Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Hola mi consulta es la siguiente. Tengo una empleada que trabaja de lunes a viernes 8 horas hace 10 meses. Está embarazad de 7 meses y deja de trabajar y no sabe cuanto tiempo se va a tomar. Para esto tengo otra persona para reemplazarla. Quisiera saber si le corresponde licencia por maternidad o como me tengo que manejar. Yo lo que pensaba era que me firmara una carta solicitando licencia sin goce de sueldo y si es así le tengo que pagar los aportes el tiempo que ella no venga.
Gracias
MONICA
Si hacele la carta y negocia si queres pagarle los aportes para que no se quede sin obra social. Aclara el tiempo por el cual le vas a pagar los aportes dos, tres o cuatro meses
trabajo ase 7 años como empleada domestica me afiliaron al seguro en septiembre pasado y recien en febrero de este año firme contrato pero no recibi liquidacion por todo los años anteriores ya que el contrato lo firme con fecha de este año
tengo una empleada categoria quinta con diez horas diarias si a partir del mes que viene quiero bajar la cantidad de horas a 6 diarias (obviamente el sueldo seria menor) tengo que hacer algo o simplemente se lo comunico a ella??
espero su respuesta
gracias
silvana
Si, seria conveniente que llegues a un acuerdo en el Ministerio de Trabajo e indemnizarla por las horas que le sacas
hola graciela mi consulta es por mi tia trabaja 8 hora por dia por sem,30 años trabajados en la zona rural( en negro)ya tiene 62 años se murio su patron la hija le quiere dar 7000$.creo que es algo injusto QUE OPINAS??? me gustaria que me ayudes a ayudarla gracias…
Hola, comenzo a trabajar una chica en mi casa dos dias por semana 6 horas cada uno, ella ya tenia CUIL y yo estoy pagandole con el F102, tengo que hacer algo mas??, tengo que registrarla en algun lado??, como hace ella para beneficiarse de la OS??
Gracias.
Hernan
Que se vaya a la obra social y se afilie. Servicio domesticos altas y bajas se anotan en la libreta de trabajo