Empleada del servicio doméstico

Guía practica del Régimen del Servicio domestico

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956. Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas. Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen […]

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.

Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.

Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.

GUÍA

RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO
CONCEPTO ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN REQUISITOS
Personas comprendidas Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales

Antigüedad superior a 30 días

INSCRIPCIÓN
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP
APORTES Y CONTRIBUCIONES
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado.
REMUNERACIONES BÁSICAS
CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA 01/11/2007
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1021.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares $ 947
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 925.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $830.-
QUINTA todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más $ 830.-  $6.30 /h
DERECHOS LABORALES
VACACIONES Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
DÍAS ANTIGÜEDAD
10 días hábiles más 1 año menos 5 años
15 días hábiles más 5 año menos 10 años
20 días hábiles más 10 año
AGUINALDO Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2
ENFERMEDAD Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig.
JUBILACIÓN La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes.
SALARIO FAMILIAR Se encuentran excluido de  la Le 24.714No corresponde pago
DESPIDO
PREAVISO
Antigüedad Tiempo
90 días a  2 años 5 días
más de 2 años 10 días
INDEMNIZACIÓN Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas.

1.143 comentarios en “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”

  1. Hola Graciela, tengo empleada una señora que cuida a mi hija de Lu a Vi en general 7 horas diarias. Le pago por hora $16.5, aguinaldo y vacaciones. Nunca le pagué feriados ni días que yo me ausente por algún motivo. Hoy me planteó si no le correspondía cobrar un día que no trabaja por causa mía (me ausenté de la ciudad). Tenía entendido que si cobran por hora esto no es así. Podrás quitarme esta duda? Desde ya, te lo agradezco enormemente.

    1. Gabriela

      Si bien cobra por hora deberias pagarle por mes, pero como le estas pagando muy bien la hora, llega a un acuerdo con ella, para evitar problemas y mucho mas si t cuida tu hija, entendes? deciles que realmnte le deberías pagar mucho menos de lo que cobra, fijate $1537.54 niñeras especializada por 8 horas diarias d el a v. ó $768.77 por 4 horas de l a v, más $10.27 por cada hora excendette

  2. hola te quiero preguntar que yo ase 10 años que trabajo y ase 1 año me pusieron en blanco y si yo me qiero salir ellos me tendeian que pagar o no algo por favor contestenme se los agradesco

  3. HOLA GRACIELA OTRA VES YO MIRA RECIEN ENTRE EN ANSES Y M FIJE MIS APORTES Y M DICE KE YO NO TENGO RELACION DE DEPENDENCIA Y KE LOS ULTIMOS 12 MESES NO ESTOY REGISTRADA KE HAGO COMO AVERIGUO??

  4. hola graciela ye cuento yo hace 7 años trbajo en la misma casa hace 3 años recien m puso en blanco,pero no m da ningun papel solo el comprobante de pago del banco.recibo de sueldo no m da ya se lo pidi pero se hace la otra tampoco m dijo nada de los años ke estube en negro m accidente 2 veces y no m pago nada,ahora estoy embarazada de 3 meses es mi 3 hijo y no tego obra social no la puedo hacer x ke no tengo nada,ke puedo hacer??te agradeseria tu ayuda muchas gracias!!!!

  5. Buenas tardes:
    Mi madre tiene una empleada de hogar que le va 5 horas al día. No la tiene en la seguridad social, y le paga tambien las 2 medias pagas que le corresponde. Ahora se va todo el mes de agosto de vacaciones. Le tiene que pagar mi madre el mes de agosto a pesar de haberle dado ya su media paga?

    Gracias,

    1. Maye

      No se que es media paga? Si se va de vacaciones y ya se las tomo no las cobra de nuevo, igualmente no decis el tiempo que hace que trabaja, la pregunta debe estar completa

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