Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Hola tengo una empleada que cuida a mis niñas. esta inscripta y pago su jubilacio y obra social. Esta embarazada. Quiero saber como voy a tener que hacer pues cuando se tome la licencia no voy a pdoer pagar a otra persona. y me pregunto por el prenatal? donde puedo conseguir mas informacion al respecto
calita
Por el momento servcio domestico no cobra Licencia por maternidad ni prenatal, digo por el momento por que hay un proyecto en el Congreso para modificarlo
Graciela
Si una empleada inicia su periodo de prueba de 3 meses en julio, y ya el sueldo de octubre es con los aportes. Le corresponde aguinaldo y si es asi se considera el periodo de prueba o cuando inicia la relacion de dependencia.
Gracias.
Viviana
Periodo de prueba tambien lleva aportes, el aguinaldo lo calculas desde julio
Graciela
Gracias por tu respuesta.
Quisiera saber cual seria el sueldo para una empleada para trabajar los fines de semana de 9 de la mañana del sábado a 9 de la mañana del lunes.
Y también como se pagan los feriados de una empleada sin retiro.
Muchas gracias
Viviana
Viviana
Teens que calcular por hora y un poco más ya que es sabado y domingo. El régimen de serivico domestico no dice nada de los feriados en Servicio domestico
Graciela,
Quisiera informarme cual sería el sueldo para una empleada doméstica que trabaje 3 veces por semana 7 horas cada día.
Otra consulta,
Cuales son los pasos que debe realizar para inscribirse en la obra social que elija. Hablan algo de un formulario de AFIP previo a ir a la Obra Social elegida.
Muchas Gracias Viviana
Viviana..
El sueldo sería por horas y se lo podes pagar mensual, entre $10.78 y $15.- la hora trabajada.
Te paso unos link
http://www.econoblog.com.ar/399/servicio-domestico-inscripcion-en-la-afip-obra-sociales/
Ahora son muchas mas, casi todas las que tienen que tomar servicio domestico
http://www.econoblog.com.ar/1863/%C2%BFcomo-hago-los-aportes-al-servicio-domesticoformulario/
http://www.econoblog.com.ar/2711/regimen-del-servicio-domestico-formularios/
http://www.econoblog.com.ar/3252/servicio-domestico-instrucciones-para-completar-formulario-102-de-aportes-y-contribuciones/
Tengo un monton de articulo, podes poner en la parte superior de la pagina lo que necesites buscar
buenas tardes, mi mujer trabaja hace 2 años cuidando dos niños, de lunes a viernes de corrido 9,00 horas por dia, le pagan en blanco y aportan a la anses, hace 2 meses decidió no trabajar mas para dedicarse a su hogar avisando a su empleadora que renunciaba en 60 dias, para comodidad de mi mujer y dado el extenso preaviso, estos dos ultimos meses su empleadora decidio que trabajara solo 3 dias a la semana, ganaba por mes $ 1.250 y al trabajar solo 3 dias le bajo el sueldo a $ 800. debe de mandar el telegrama de renuncia? le deben pagar aguinaldo y vacaciones proporcionales?, agradeceré v/pronta respuesta ya que el dia 29/10/10 es su ultimo dia de trabajo, muchas gracias.
Victor
Si debe mandar el telegrama de renuncia. Le pagan el mes de octubre, vacaciones y aguinaldo proporcional