Empleada del servicio doméstico

Guía practica del Régimen del Servicio domestico

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956. Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas. Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen […]

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.

Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.

Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.

GUÍA

RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO
CONCEPTO ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN REQUISITOS
Personas comprendidas Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales

Antigüedad superior a 30 días

INSCRIPCIÓN
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP
APORTES Y CONTRIBUCIONES
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado.
REMUNERACIONES BÁSICAS
CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA 01/11/2007
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1021.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares $ 947
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 925.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $830.-
QUINTA todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más $ 830.-  $6.30 /h
DERECHOS LABORALES
VACACIONES Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
DÍAS ANTIGÜEDAD
10 días hábiles más 1 año menos 5 años
15 días hábiles más 5 año menos 10 años
20 días hábiles más 10 año
AGUINALDO Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2
ENFERMEDAD Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig.
JUBILACIÓN La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes.
SALARIO FAMILIAR Se encuentran excluido de  la Le 24.714No corresponde pago
DESPIDO
PREAVISO
Antigüedad Tiempo
90 días a  2 años 5 días
más de 2 años 10 días
INDEMNIZACIÓN Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas.

1.143 comentarios en “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”

  1. hola tengo una chica en negro, q viene a mi casa a trabajar en tareas domesticas 1 dia en la semana 7 hs. No la blanquee porque constantemente me cambia de dia porque consigue otros trabajos.

    El tema es q me cobra $110 las 7 hs y me incluye 45 de viaticos, asi q la hs me la cobra $15.- Es correcto? donde hay una escala salarial vigente?

    Y me reclama el sac de dic y el junio 2010, le corresponde? porque segun lei los decretos no encuentro su categora por la cantidad de hs q trabaj en mi casa, se considera independiente , le debo pagar igual?

  2. GRACIELA: TENGO UNA SEÑORA QUE TRABAJA EN MI CASA Y CONVENIMOS QUE EL AGUINALDO SE LO VOY PAGANDO MENSUALMENTE SUELDO/12 (LE SIRVE A ELLA PARA TENER UNOS $ MAS POR MES Y A MI TB.) LO HAGO FIGURAR EN EL RECIBO DE SUELDO COMO AGUINALDO S/ACUERDO TODOS LOS MESES. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: PUEDO LLEGAR A TENER PROBLEMAS POR PAGARLO MENSUALMENTE Y NO EN LOS MESES DE JUNIO Y DICIEMBRE? AUNQUE EL DINERO ES EL MISMO CAMBIA LA FORMA DE PAGO.
    MUCHAS GRACIAS.

    1. monica alejandra

      Decis convenimos? como lo hicieron por escrito? mira que ella despues puede llegar a decir que es su sueldo y que nunca le pagaste aguinaldo. No es que va a ser así, sino que podría llegar a suceder

  3. hola!
    tengo una sra que trabaja hace 5 meses de lunes a viernes 4 hs cuidando 2 niños y haciendo algunas tareas le pago 940, mi pregunta es la siguiente: desde el dia 23 de diciembre hasta el 23 de enero no vamos a estar por lo tanto ella no tendra que venir que y cuanto debo pagarle?
    gracias!!

    1. carina

      Legalmente no le corresponde4, pero corres el riesgo de que el 23 de enero si consiguio otro trabajo no venga mas, por ese motivo hablalo con ella

  4. Tengo una empleada dom[estica en blanco que trabaja lunes, miercoles y viernes 5 horas por dia.
    Como ahora han creado varios feriados y todos los dias lunes(que es uno de sus tres dias de trabajo) pregunto: ¿Le corresponde tomarse esos feriados? ¿Se los debo pagar?
    Gracias por su orientacion.

    1. Norberto

      No se los tenes que pagar. Servicio Domestico no estan contemplados los feriados y ella no entra dentro del Régimen de Servicio Domestico por no trabajar 4 horas como minimo 4 dias a la semana De nada

  5. cuanto corresponderia pagar por mes a una empleada domestica que trabaja de lunes a sabados, 4 horas diarias, realizando tareas de limpieza, lavado de ropa y planchado? gracias

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil