Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Hola:
Desde el año 2003 tengo una señora trabajando en mi casa. Hace dos años la puse en blanco. Trabaja lunes, miércoles y viernes, ocho horas cada dia. Pago lo que me corresponde como dador de trabajo para jubilación. La señora además percibe aguinaldo.
uiero saber qué otros derechos le corresponde gozar y en caso de despido qué tengo que abonar en concepto de indemnización si corresponde.
Gracias
Crisólogo
No le corresponden derecho ya que no esta dentro del regimen de Servicio domestico no cumple 4 horas como minimo 4 dias a la semana
Consulta:
Si tengo una empleada domestica en blanco, que trabajo menos de 90 días y tengo que despedirla
– Debo enviarle telegrama?
– Que debo pagarle ademas de lo trabajado?
Muchas gracias
Jose
No decis los dias y horas de trabajo? 5 días de preaviso y aguinaldo proporcional
hola, tengo una chica que trabaja en casa los fines de semana y feriados realizando tareas de limpieza desde marzo.enero no voy a estar, tengo que pagarle algo?? gracias
laura
No tenes que pagarle nada, pero arregla con ella ya que si consigue otro trabajo cuando no esta trabajando, quizas no vuelva
GRACIELA: EN EL RECIBO DE SUELDO QUE LE HAGO DESAGREGO EL BASICO MENSUAL PARA SU CATEGORIA Y EN OTRO ITEMS LE PONGO SAC PROPORCIONAL SEGUN ACUERDO, Y AMBAS FIRMAMOS EL RECIBO. TE PARECE DE HACER ALGUN ESCRITO DEL ACUERDO O ES CONVENIENTE HACERLO EN JUNIO Y DICIEMBRE NOMAS?
monica
Esta bien ponelo así
disculpen aclaro q me cobra $5 de viaticos y no 45.
gracias
natalia
Vos decis te cobra? si le pagas viatico es porque lo arreglaron ambas previamente. No existe eso de que te cobre $5.- La hora se paga entre $12.55 a $18.- tenes que pagarle por hora