Empleada del servicio doméstico

Guía practica del Régimen del Servicio domestico

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956. Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas. Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen […]

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.

Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.

Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.

GUÍA

RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO
CONCEPTO ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN REQUISITOS
Personas comprendidas Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales

Antigüedad superior a 30 días

INSCRIPCIÓN
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP
APORTES Y CONTRIBUCIONES
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado.
REMUNERACIONES BÁSICAS
CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA 01/11/2007
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1021.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares $ 947
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 925.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $830.-
QUINTA todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más $ 830.-  $6.30 /h
DERECHOS LABORALES
VACACIONES Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
DÍAS ANTIGÜEDAD
10 días hábiles más 1 año menos 5 años
15 días hábiles más 5 año menos 10 años
20 días hábiles más 10 año
AGUINALDO Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2
ENFERMEDAD Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig.
JUBILACIÓN La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes.
SALARIO FAMILIAR Se encuentran excluido de  la Le 24.714No corresponde pago
DESPIDO
PREAVISO
Antigüedad Tiempo
90 días a  2 años 5 días
más de 2 años 10 días
INDEMNIZACIÓN Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas.

1.143 comentarios en “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”

  1. graciela, la empleada es quinta categoria (con retiro y hace limpieza general) y trabaja de lunes a viernes 6 hs, (de 8am a 2pm) y los sabados 4 hs (de 8am a 2pm). Pienso que no cumple los requisitos como para cobrar los $1657 porque trabaja menos horas y quisiera saber cuanto es el sueldo que le corresponde, gracias

    1. matias

      El sueldo es por trabajar 176 horas al mes. Sucede que si no llega a esa cnatidad dehoras le tendrias que pagar $828.75 por trabaar 88 horas al mes, mas $12.55 por cada hora excendete y en el caso particular tuyo mencionado daria mas qe si le pagas $1657.50

  2. Hola,tengo una senora que trabaja 10 hs por dia y 50 hs semanales como dama de compania, hace 4 meses, cuanto seria su sueldo,aportes, obra social y vacaciones?
    muchisimas gracias.

    1. Laura
      $2037.77 por trabajar 8 horas diarias de lunes a viernes o sea 176 horas al mes, mas $12.55 por cada hora excedente Aportes $95.- $35 paga la empleadora y $60 trabajadora. Vacaciones recien al año de antiguedad

  3. graciela, tengo una empleada que trabaja de lunes a viernes 6 hs y los sabados 4 hs. Cuanto tiene que cobrar?

  4. Hola!!!! Quisiera saber, para una empleada que trabaja 8 horas 3 veces por semana, cuàl es el sueldo mìnimo que se debe pagar.
    Tambièn como se paga el aguinaldo,o sea con què planilla para que quede el recibo, y si èste no se ha pagado, como se paga el retroactivo.Muchas gracias!SALUDOS

    1. laura

      Tendrias que pagarle por horas, no cumple trabajar 4 horas minimas 4 dias a la semana. Aguinaldo se lo podes poner en el Formulario 102 al dorso del mismo y firman de ambos lados.

      Te comento legalmente no le corresponde el pago de aguinaldo,por lo anterior, pero personalmente considero que todos los trabajadores lo deberian cobrar, asi que se lo podes pagar peor decile que no le corresponde

  5. Hola: consulta: tengo una empleada domestica que trabaja 7 hs diarias, de lunes a viernes, como calculo cual seria el salario minimo para esta persona? tomo el salario por 8 hs que es de 1.657,50 y le resto las horas de menos, o tomo el salario para una persona que trabaja 4 hs diarias maximo que es de 828.75 y le sumo el excedentes de horas por un monto de 12.55 por hora?
    desde ya agradezco tu respuesta, muchas gracias

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