Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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mi nene empezará el jardín por lo que necesitaremos menos horas a la niñera.
cómo hago para reducir la carga horaria?
qué pasos son necesarios? con cuánto tiempo de anticipación tengo que informarle?
tengo obligación de compensarla de alguna manera
Hola Graciela,
Te hago una consulta, quiero despedir a mi empleada domestica, tengo muchas causas entre ellas robo de cosas menores, pero no puedo probarlo ya que solo estaba yo cuando me lo reconocio y me devolvio algunas de las cosas.
Por lo cual la tengo que despedir como si fuera sin causa.
Ella comenzo a trabajar el 12/7/2010, trabaja 8 hs de lunes a viernes y le hago los aportes correspondientes. Cobró aguinaldo en diciembre y tomo una 5 dias de vacaciones en diciembre porque yo me fui y no podia dejarla en casa.
– Como tengo que proceder para despedirla a fin de febrero?, ella no va a renunciar me adelanto.
– Tengo que mandarle un telegrama a la direccion que figura en su cuil?
– Le corresponden 5 dias de preaviso y el proporcional de aguinaldo, no?
– Le hago la liquidacion final en otro formulario 102 aparte del que va a firmar en febrero?
– Sirve que firme en el recibo de sueldo que no tiene mas nada que reclamar? o no sirve de nada?
Muchas gracias por tu ayuda
Veronica
Veronica
Le haces la liquidación final y que te firme al dorso del formulario 102 el detalle de lo que le pagas. Si le corresponde 5 de peaviso e aguinaldo proporcional. No tiene validez pero igual no le corresponde nada mas, que te puede reclamar? Si queres para evitar cualquier inconveniente podes lllegar a un acuerdo en el Ministerio de Trabajo.
Quisiera saber en caso de estar embarazada la persona que esta a cargo de la limpieza cumpliendo un horario de 4 horas de lunes a viernes, cuales son los requisitos que deben cumplir ambas partes (empleado-empleador). Muchas gracias
Adriana
Servicios Domésticos no le corresponde licencia por maternidad. Solo 30 dias de enfermedad
hola quisiera saber cual es el salario minimo que le tengo que abonar a mi empleada domestica si la quiero blanquear teniendo en cuenta las siguientes cosas:
-tiene 47 años y sus tareas son solo de limpieza
-trabaja de lunes a viernes 7 horas durante la mañana hasta el mediodia
-trabaja los sabados 4 horas a la mañana
gracias
perdon, los sabados trabaja 4hs (de 8am a 12pm), me confundi, el sabado trabaja solo hasta las 12