Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Muchas gracias Graciela!! Recomiendo tu página constantemente porque la verdad es buenisima!! Y lo seguiré haciendo sin duda. Te felicito!
Karina
Muchas gracias. Hasta pronto. Luego comentame como te fue Suerte
Perdoname Graciela. La empleada trabaja 6 hs. por dia de lunes a viernes y le realizo mensualmente el aporte a traves del F. 102. También me parece mucho mejor la idea de acordar con ella el tema de la renuncia, pero de todas maneras quisiera saber por las dudas que no logre el acuerdo, si debo abonarle la indemnización de medio sueldo + aguinaldo y vacaciones proporcionales aunque le envie el telegrama de preaviso. Muchas gracias por tu ayuda!!
Karina
Si el acuerdo seria algo asi: yo te pago la indemnización como corresponde que es tanto $…. en el correo cuando vos mandas la renuncia, de esta manera si vos neceistas infromes apra entrar en otro trabajo no figuras como despido sino que vos te fuiste entendes? Indemnización medio sueldo por año + aguinaldo proporcional + vacaciones proporcionales. De nada recorda trabajo con mi pagina, si te es útil recomendala gracias
Buen dia Graciela. Te molesto para consultarte como debo proceder en caso de queres despedir a la trabajadora doméstica. Es muy buena persona pero lamentablemente muy incumplidora con los horarios y las tareas a realizar. Ella trabaja hace más de 1 año. Debo enviarle el telegrama de preaviso y de despido. Por otro lado si le envio el telegrama de preaviso con 5 dias de anticipación, debo abonarle también la indemnización de medio sueldo + aguinaldo y vacaciones proporcionales? Muchas gracias por tu respuesta!!! Cariños
Karina
No decis dias y horas que trabaja en la semana: Siempre aconsejo para evitar problemas que llegues a un acuerdo y le pagues lo que corresponde y que ella renuncie. A ella le sirve para los informes en el caso de que necesite buscar otro trabajo Entendes?
Hola Graciela,
Ella tiene libre varias horas por la tarde todos los días y sin embargo los turnos de consultas los toma siempre por la mañana, horario en el que trabaja. No esta con Lic. x enf., son asistencias al medico por x causas no urgentes. No debería asistir el medico en su tiempo libre??. Gracias por contestar.
Bautista
Si deberia asistir en las horas libres, planteaselo decile que si no le vas a descontar las horas
Hola! Te quiero realizar la siguiente consulta: Esta permitido q la empleada asista a consultas medicas dentro de su horario de trabajo(es con retiro), pq asiduamente asiste al medico a consultas no urgentes. Gracias.
Bautista
Depende de que horario, horas y dias a la semana trabajae, tiene permitido 30 días al año por enfermedad pero debidamente justificadas