Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Hola, en casa una niñera me ayuda en el cuidado de mis hijos 6 horas todos los dias de la semana, el año que viene mi hijo menor ingresa doble escolaridad en su colegio por lo que no voy a necesitarla mas. Si la despido con previo aviso de 3 meses me ahorro tener que pagarlo en su indemnizacion? Gracias
soledad
No se paga 3 meses de preaviso? la pregunta esta incompleta que antiguedad tiene? Preaviso son 5 o 10 días
Graciela, tengo que blanquear a una señora que cuida a mi abuela. Mi pregunta es si basta con poner el nombre de mi abuela en el recibo como empleadora o debo hacer alguna otra inscripción en algún lado?
Para el pago de los aportes como hago? EN mi caso genero el VEP desde mi clave fiscal para mi empleada, pero mi abuela no tiene clave fiscal.
Gracias!!
josefina
Tenes que poner el nombre y el CUIL de tu abuela en el formulario 102, el pago lo podes hacer con tu banco no hay problema
Quiero saber que debo hacer si la empleada renuncia luego de dos años de trabajo???
lorena
No entiendo como que que debes hacer?
Hola Graciela, muy bueno tu blog.
Te escribo porque está por empezara trabajar en casa una chica que viene de Paraguay. Quiero hacer las cosas ordenadas, pero no sé cuáles son los costos y qué me conviene. Me comentaron que es más conveniente para el empleador, pagarle el monotributo que tenerla como empleada en relación de dependencia. Me decís los costos de ambas modalidades? Ella va a trabajar de lunes a viernes 9 horas diarias.
Me gustaría conocer todas las reglamentaciones del caso.
Muchas gracias!!
Magalí
Vos tomas la decisión yo solo te digo por los dias y horas es tu obligación hacerles los aportes como servicio domestico. Monotributistas del Servicio Domestico se deben inscribir cuando trabajan menos de 6 horas a la semana pero bueno la decisión y los riesgo son tuyos. Ya que ella tendria que facturar como monotributista no solo a vos si no que incluir otros trabajos. entendes?Y de todas manera si ella quiere y pasa algo prueba qe trabajaba para vos tantas dias y horas. Monotributo por facturar hasta $2.000.- por mes $219.- Servicio Domestico $95.- Trabajadora paga $60 y empleadora $35.- Jubilación como ama de casa, seria otra opción, no real pero tendria una jubilación. Entendes? Autonóma Ama de casa que opten por aportes reducido Ley Nº 24.828 $78.29 Para poder jubilarse debe reunir 30 años de aportes en este sistema, no se juntan los aportes con otros.
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Hola Graciela
Queria consultarte algo, yo tengo una chica trabajando en casa y queria inscribirla, pero resulta que ella es extranjera y no tiene DNI, solo pasaporte y en el figura su ingreso como turista (pero en realidad vino al pais a trabajar), tengo alguna manera de inscribirla y a su vez que eso le ayede a normalizar su residencia?
Desde ya mil gracias
Susana
Susana
Que vaya a aNSES y saque el CUIL provisorio, pero va a necesitar la cedula de su país que se acerque al Consulado de su pais y pregunte