Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
||||||||
INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
|
|||||||||
AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
|
|||||||||
INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
hola tengo 60 años no hice los aportes trabajo hace 5años en esta ultima casa.si pago estos ultimos años y el resto con moratoria me puedo jubilar?.gracias
si tengo una chica que viene 2 veces por semana 4hs cada dia. le corresponde aguinaldo?
ivana
legalmente no pero particularmente considero que todo el que trabaja debe cobrarlo, total no es mucho podes pagarle como un extra
Hola Graciela: Tengo una empleada que está trabajando conmigo desde 1999, no le hacía los aportes hasta el año pasado en el que empecé a aportar los años anteriores (tengo aportados todo el 2006/07/08/09/10/ y 2011). Voy a sacar un préstamo para abonar los aportes faltantes (1999 a 2005). Nunca firmó ningún recibo y necesito si podes indicarme los sueldos desde 1999 a 2007, siempre le pagué lo que dictaba la Ley, el tema es que nunca le hice firmar recibos. Desde ya te agradezco un montón.
MARCELA
No dispongo de esa infromación, la publico para ver si alguién lo sabe y te puede responder. Podrías consultar en el Ministerio de Trabajo de tu zona si te los dan o te dicen de donde los podes obtener, podes comentarlo y pasarmelo asi lo publico Suerte y gracias
Hola Graciela, quiero despedir a mi empleada domestica esta hace 5 meses. El tema es que esta embarazada le tengo que pagar algún plus???
Gracias
Graciela
No pero tendrias que llegar a un acuerdo con ella en el ministerio de Trabajo y pagarle algo, o bien que ella renuncie y vos le das algo, en el correo. Asi te evitas problemas. Luego contame. Suerte
hola, yo queria comentarles que hace dos semanas mi empleada que estaba en blanco y trabajo 9 meses de lunes a viernes 5 horas, se fue y no aparecio mas, mande dos telegramas por abandono de trabajo y los rechaza, debo pagarle los dias que trabajo de octubre y el aguinaldo proporcional, si se niega a aceptarlo que es lo que debo hacer? y si aduce que yo la despedi, quien debe demostrar eso?en caso de que yo la tenga que indemnizar cuales son los rubros que le tendria que agar
NATALIA
Ella los rechaza que dice? Como los rechaza? con otro telegrama? LA PREGUNTA DEBE ESTAR COMPLETA