Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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hola queria saber si el horario de trabajo de una empleada (que entra en la categoria 5 y que esta en blanco) tambien debe trabajar los dias sabados hasta el medio dia
yanina
Todo depende de las zonas ya que el regimen no lo aclara, para mi es lunes a viernes pero tenes que consultarlo en el ministerio de Trabajo de la zona. si averguas algo pone la zona y cometalo asi sirve para otras consultas
Hola tengo empleada que trabaja mas de 16hs tengo todos los datos unicamente empiezo a pagar?, no se inscribe?. Marco las horas en el formulario 102 y salta 55$.Mi pregunta no son 60$, para llegar a los 95$ quien los paga, es con el f575 que se llega a ese monto,cuanto mas se paga 40 o 35.Gracias
diego
Aparentemente algo anda mal en el formulario interactivo. tenes que pagar $95 si queres podes bajarlo de este articulo y lo llenas vos
http://www.econoblog.com.ar/10669/nuevos-aportes-2011-para-el-servicio-domsticos-formularios-de-pago/
Hola! Necesito tomar a una empleada( para el cuidado de un bebe y algunas tareas de limpieza) y estoy evaluando dias y horarios. si trabajara 3 dias a la semana x 8 hs. cada dia. ¿ cuanto deberia pagarle como minimo, estaria en relacion de dependencia? Por otro lado :¿El sueldo minimo es por 8 hs de lunes a sabado?
Desde ya muchas gracias y te felicito por la pagina ya que es de mucha utilidad!!
Lidia
Como minimo $15.79 por cada hora tarbajada. Si le tenes que hacer los aportes ya que trabaja mas de 6 hras a la semana. Para estar dentro del Regimen se necesita que trabaja como minimo 4 horas 4 dias a la semana, ambos si o si
Buenas Tardes, quisiera conocer que conceptos debo liquidar por renuncia de mi empleada. Vacaciones 2011 fueron gozadas; deja de trabajar a fines de marzo 2012. Y además: debería enviarme el telegrama de renuncia?
Yo pago su sueldo y sus aportes mediante el F 102.
Gracias
mariela s
Si te tiene que mandar telegrama y cuando lo recibis le pagas vacaciones y aguinaldo proporcional año 2012 y los dias trabajados
las tareas que realiza son limpieza, lavado de ropa y eventualmente planchado. ademas del sueldo minimo queria saber si existe alguna ley o decreto q contemple que las personas cercanas a la edad jubilatoria gozen del beneficio de trabajar solo de lunes a viernes (un dia menos) sin reduccion del salario. gracias
eugenia
No existe esa ley o beneficio