Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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quiero saber que beneficios tengo trabajando qince horas semanales espero su respuesta
sandra
Para estar dentro del regimen tenes que trabajar como minimo 4 horas 4 veces a la semana. De todas maneras te tienen que hacer los aportes
Hola Graciela , tengo una empleada domestica, que trabajo 3 años quedo embarazada y por 6 meses no trabajo más, por lo que considere disuelto el vinculo laboral. Al momento de su retiro le pague absolutamente todo, en blanco.
Luego la llame a fines diciembre 2011 para que vuelva a trabajar con su beba solo por un par de meses cuando la beba creció y ya no podía trabajar más por que le demandaba demasiado y era imposible cumplir con su trabajo, le seguí manteniendo el trabajo con retiro 4 veces por semana 8 horas diarias. Como no le puedo seguir pagando le quise recortar 1 día que trabaje 3 días a la semana 8 horas y me está amenazando de haceme juicio.
Ahora Mi pregunta son las siguientes.
1-la antigüedad de ella es a partir de del 2/1/2012 ya que anteriormente había disuelto el vinculo por no trabajar por 6 meses?
2-yo le estoy pagando 120 pesos por día, está bien? Mas los aportes $95, si trabaja menos días tengo que pagarle más por día ¿?
3-Tengo derecho a bajarle la cantidad de dias si no puedo pagarle ?
4-me envió un msn diciendo que quiere arreglar que le respete los años trabajados, que derechos tiene ella cuando hizo abandono de trabajo por maternidad 6 meses?
5- Además está hablando muy mal de mí y de mi familia por todos lados, tengo entendido que cuentas intimidades y ventila abiertamente todo lo que pasa en mi casa. Que puedo hacer con esto? Ya hable con ella que debe ser respetuosa y leal a quien le da trabajo tengo mensajes de textos de ex empleadas describiendo las barbaridades que habla de nosotros.
Saludos y muy utiles las respuestas tan claras que das
Patricia
La antiguedad se cuenta la anterior mas la actual sin tener en cuenta los años o meses no trabajados.
Yo te diria que calcules la indemnización y pidas una audiencia en el Ministerio de tRabajo y lleguen a un acuerdo pagando y firmando la baja, ya que de seguir continuaría ella igual y vos con desconfianza. Si lo haces luego coemta el resultado así sirve para otras consultas,,suerte y Muchas gracias
hola, tengo una empleada en blanco hace mas de 5 años. En este momento está con problemas de columna y no asiste al trabajo. Me ha traido un certificado medico x una semana y hoy a vuelto a faltar y le he pedido que me vuelva a traer otro certificado que justifique su falta.Quisiera saber cuanto tiempo de licencia por enfermedad paga debo otorgarle. Me preocupa que esto se extienda en el tiempo. Desde ya muchas gracias.
maria
30 días al año
Como hago p pagar aportes previsionales retroactivos, a 2010,2011? ahora le pago el aporte q corresponde al mes anterior en Form 102, pero para los otros anteriores, como tengo q hacer? hay otros formularios o en el mismo tengo q sumar los 2 tipos de aportes? le agradeceria me contesten esta inquietid.
Graciela
Si los anteriores los vas pagando con el mismo formulario 102 y los intereses con el formulario 575
http://www.econoblog.com.ar/10799/afip-guia-para-pagar-aportes-del-servicio-domestico-por-internet/
mis empleadores m piden la indemnizacion pretendida, firmada x un abogado. Yo les dije q m corresponde 1 sueldo x año trabajado ($900 x 5 años) aguinaldo y vacaciones..
Esta bien este calculo o m stoy olvidando d algo???
Muchas gracias
rocio
medio sueldo por año o fracción mayor a 3 meses. 10 día spor falta ed preaviso, aguinaldo y vacaciones proporcionales año 2010 y 2011