Empleada del servicio doméstico

Guía practica del Régimen del Servicio domestico

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956. Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas. Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen […]

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.

Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.

Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.

GUÍA

RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO
CONCEPTO ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN REQUISITOS
Personas comprendidas Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales

Antigüedad superior a 30 días

INSCRIPCIÓN
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP
APORTES Y CONTRIBUCIONES
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado.
REMUNERACIONES BÁSICAS
CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA 01/11/2007
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1021.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares $ 947
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 925.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $830.-
QUINTA todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más $ 830.-  $6.30 /h
DERECHOS LABORALES
VACACIONES Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes

DÍAS ANTIGÜEDAD
10 días hábiles más 1 año menos 5 años
15 días hábiles más 5 año menos 10 años
20 días hábiles más 10 año
AGUINALDO Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2
ENFERMEDAD Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig.
JUBILACIÓN La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes.
SALARIO FAMILIAR Se encuentran excluido de  la Le 24.714No corresponde pago
DESPIDO
PREAVISO
Antigüedad Tiempo
90 días a  2 años 5 días
más de 2 años 10 días
INDEMNIZACIÓN Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas.

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1.143 comentarios en “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”

  1. hola: trabaje desde la segunda quincena de noviembre del 2011 hasta fines de abril en negro, me blanquearon desde mayo del 2012 hasta la fecha, pero por embarazo se tuvo que aportar tres meses anteriores a mayo. Quisiera saber si me corresponde y cuanto seria de vacaciones y/o aguinaldo, esperando tu pronta respuesta; me despido.
    muchas gracias.

  2. Quiero contratar una niñera de lunes a viernes 6hs por día, ¿existe la posibilidad de anotarla como corresponde pero a prueba?. Gracias. Saludos.

    1. Gustavo

      No existe a prueba pero si la contratas y antes del año no la queres tener mas no le correspned indemniazción ni vacaciones, solo los 5 dias de preaviso y ael aguinaldo proporcional. Anota en la libreta de trabajo bien la fecha de ingreso, horas y jornal

  3. Hola Graciela,para empleada domestica de antigüedad 1 año veo le corresponde 10 días hábiles. Con lo cual si empieza vacaciones el 4-2-13 las termina el 19-2-13 y comienza el 20-2, es decir los feriados del 11y12 no se cuentan, es asi?
    Muchas garcias. Saludos,

  4. Tengo una niñera que trabaja hace 8 meses, trabaja lu-ma-mie y vie 1 y 1/2 hs x la mañana, lu y jue 5 y 1/2 hs x la tarde, y los martes 2hs x la tarde; está en blanco desde el primer día cobrando aguinaldo como corresponde. Tengo que despedirla, y le enviaré el telegrama el día 1-2 rescindiéndola a partir del 6-2, con 5 días de anticipación como indica la ley. Debo abonarle el equivalente a medio mes de en concepto de indemnización? Corresponde algo más? Gracias

    1. Marcela

      No esta dentro del regimen ya que no cumple como minimo 4 horas 4 días a la semana y para indemnización no tiene un año de antiguedad, solo el preaviso. Quizas si tenes intenciones de pagarle algo te convienen arreglar con ella en el Ministerio de trabajo o bien que te mande el telegrama de renuncia y le pagas Entendes?

  5. Buenas tardes Graciela, tengo una empleada domestica que trabaja 6hs 1 sola vez x semana, hace mas de 10 años. Si bien no encuadra en el decreto, si quiero pagarle vacaciones, como las calculo? cuantos dias? Muchas gracias Saludos

    1. Silvia

      Vos decis no encuadra en el regimen Vos te referis a como le pagas los días? Los dias que le quieras pagar le pagas como un dia trabajado

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