Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
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Hola Graciela!
No es en tal caso 1/2 sueldo?
Yo sabia que era 1/2 sueldo x año trabajado, pero pense que tenia que estar unaño en el trabajo para obtener esa indemnizacion. En fin…
Es 1/2 sueldo total o un proporcional de ese 1/2 sueldo x los 4 meses que trabajo?
Vacaciones nada?
Gracias!
Denise
Graciela, no me quedó muy claro, no soy muy ducho…
Trabaja 4 horas por día desde 14 de julio de 2008. en la Afip pagué el segundo período este mes o sea período 8 y 9.
La indemnización, no dice en la tabla de esta pagina, que recién cumplido un año le corresponde 1/2 mes de indemnización? Dice: Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
Entiendo que si trabajó 1 año y 3meses le corresponde dos años de indemnización…
Que es esta cuenta SAC 6.-= $ 71.- No es 216,7 el proporcional del SAC?
Gracias!
Esteban
Hola Esteban:
Si le pagas preaviso supongo que la despedis, no me decis cuanto tiempo trabajo aparte de la indemnización por antiguedad faltan las vacaciones proporcionales. Perdon despues lei el siguiente comentario corresponde un mes de indemnización ya que trabajo 90 días y 2.50 días de vacaciones con su aguinaldo 650/25×2.5=65 mas SAC 6.-= $ 71.-
gracias
Perdón, olvidé mencionar que empezó a trabajar el 15 de julio de 2008.
Muchas Gracias!
Esteban
Graciela:
Si hoy es el último día de trabajo de mi empleada está bien esta liquidación final:
cobraba 650
1/2 mes 325
1 día más (hoy es 16) 25
5 días preaviso 125
prop aguinaldo 216,7
total 691,6666667
Dudas: debo pagar prop de aguinaldo? debo llenar el form 102 con esta liquidación final y pagar los $72.-
Como siempre muchisimas gracias