Empleada del servicio doméstico

Guía practica del Régimen del Servicio domestico

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956. Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas. Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen […]

Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.

Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.

Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.

GUÍA

RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO
CONCEPTO ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN REQUISITOS
Personas comprendidas Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales

Antigüedad superior a 30 días

INSCRIPCIÓN
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP
APORTES Y CONTRIBUCIONES
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado.
REMUNERACIONES BÁSICAS
CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA 01/11/2007
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1021.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares $ 947
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $ 925.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $830.-
QUINTA todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más $ 830.-  $6.30 /h
DERECHOS LABORALES
VACACIONES Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
DÍAS ANTIGÜEDAD
10 días hábiles más 1 año menos 5 años
15 días hábiles más 5 año menos 10 años
20 días hábiles más 10 año
AGUINALDO Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2
ENFERMEDAD Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig.
JUBILACIÓN La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes.
SALARIO FAMILIAR Se encuentran excluido de  la Le 24.714No corresponde pago
DESPIDO
PREAVISO
Antigüedad Tiempo
90 días a  2 años 5 días
más de 2 años 10 días
INDEMNIZACIÓN Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas.

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1.143 comentarios en “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”

  1. Hola Graciela:

    La señora que trabaja en casa empezó el 01/07/08 (al día de hoy serían 5 meses completos), trabaja 6 horas por día, de lunes a viernes, está en blanco, le pagamos $650 por mes y la obra social ($37)(y los aportes por supuesto de $35).
    Por cambios inesperados en nuestra situación económica no vamos a poder continuar la relación laboral.
    Le tenemos que mandar telegrama de despido? Tenemos que ponerle alguna causa?
    Cuánto sería la liquidación final?

    Si le aviso en el mismo día, le tengo que pagar:

    5 días de preaviso,
    proporcional vacaciones (recien al año le corresponden 10 días hábiles?),
    proporcional aguinaldo,
    los días de diciembre que trabaje (serán 2 o 3).

    Creo que no se debe incluir nada más. Por favor, podrías ayudarnos con el cálculo de la liquidación final? Le detallamos todo en el formulario 102 de la afip, en la parte del recibo y que lo firme?

    Muchas gracias por tu asesoramiento.

  2. Hola, por favor, necesitaría asesoramiento: tengo que completar el formulario 102 (lo he completado en los últimos meses) pero no se como incluir el aguinaldo, ¿debo especificar el valor total de sueldo más aguinaldo? ¿o tengo que imprimir dos formularios, uno para sueldo y otro para aguinaldo?. Además, ¿el aporte, para este caso, es el mismo?. Desde ya, muchas gracias.

  3. Hola lorena:

    Varias personas me dijeron que no lo pueden abrir, mas tarde voy a pedir que el analista en sistema lo rebice para ver que hice mal.

    Es dificil recomendar un seguro, solo fijate que sea confiable, varios años en el mercado, cuando utilizo alguno opto por Provincia Seguros.

    Si te es de utilidad la pagina recomendala, ya que yo trabajo con ella.

    gracias

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