Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
Hola, quería saber cuanto corresponde pagar minimamente a empleada domestica sin retiro en la zona de Garín. Cocina, limpieza, cuidado de bebé. Cual sería el horario de descanso y el tiempo de franco
paula
Te paso donde tengo publicada una guia practica que te orienta
http://www.econoblog.com.ar/323/guia-practica-del-regimen-del-servicio-domestico/
sueldo $1.303.-
Graciela:
Perdoná que sea un poco pesado. Le tengo que pedir el telegrama de renuncia, y caso de que no quiera le mando un telegrama para que se presente a trabajar, donde le indique que en caso de no presentarse se considerara despedida. Esto último, es necesario o por ser pocas horas (3hs), no existe relación laboral? Esto me indicaron en el Ministerio de Trabajo. Gracias
No la despedí, se fue, y me planteo de mala forma un aumento. Le estaba pagando $8,7 la hora. La consulta del valor de la hora, era para saber cual es el valor actual de la hora y en que resolución está. gracias
Javier
Esta en los valores horarios que da el ministerio de trabajo
Tenía una empleada que trabajaba dos o tres días por semana, a lo sumo tres horas por día, o sea un total de 9 horas. Le hacía el aporte de $20 y el pago voluntario por O.S. por $ 37,75, además del pago semanal por las horas trabajadas. Existe relación laboral? La tengo que indemnizar? Le correspondía días por vacaciones ? Cuanto es el valor de la hora en la actrualidad?. Gracias.
Javier
La despediste? porque indemnizarla si pregunats el valor horario? $8.70 a $12 por hora
graciela: hace 5 años trabajo en blanco, en una casa de familia sin retiro. desde hace un mes mi empleadora me pidio que solo fuera 4 horas por dia, y me cambio el trabajo a «con retiro» lo cual me perjudica mucho. quisiera saber si tengo que hacer algun tipo de reclamo legal por ese cambio. Muchas Gracias.
Palmira
Te corresponde que te indemnze por la jornada que te saco, pero si haces reclamo legal seguro te vas aquedar sin trabajo, eso depende de lo que vos quieras hacer