Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
Hola, mi consulta es la siguiente.
Mi empleada renunció sin preaviso por razones personales no laborales (su padre enfermó y priorizó el cuidado en lugar de su trabajo, cosa que entiendo pero no comparto).
Quiero saber, qué papeles ledo pedirles a ella, por ejemplo una telegrama de renuncia? Que debo liquidarle?
Ella hace al menos 5 años que está en blanco. Cómo debo liquidarle?
En definitiva que tengo que hacer yo, y que debo pedirle en consecuencia?
muchas gracias
Marcela
Que te envie una telegrama de renuncia y le pagas los dias trabajados, sac, vacaciones proporcionales
Hola me quede sin trabajo domestico y estaba en blanco, puedo cobrar en el anses el seguro de desempleo? Lo que tengo es un telegrama simple y los comprobantes del afip. Gracias
Gracias, me contestaste por 88hs y por 176hs. Por 132hs que serian 6hs por dia de lun a vier seria proporcional entonces? o sea $977,25.
Dentro de ese importe se incluyen los aportes de 81,75?
juliana
Sueldo $571.- po r88 horas mas $8.70 cada hora excendete de los $81.75 correposnde $46.75 trabajadora y 35 empleadora
Hola Graciela,
Queria consultarte como hacer correctamente la liquidación de una empleada que trabaja desde hace 11 meses con un sueldo de $800. Son $400 de indemnización y que más? Vacaciones se tomó 2 semanas, faltaría el proporcional de aguinaldo (1 mes) y/o algo más?
Muchas gracias, es muy útil el Blog.
Ana
El estatuto no contempla el período de prueba, pero otorga ciertos derechos luego de transcurrido un período de tiempo:
1. Preaviso: luego de los 90 días a 2 años de actividad: 5 días
mas de 2 años de actividad: 10 días
2. Indemnización por despido: luego de 1 año de antigüedad. 1/2 mes de sueldos por año de antigüedad
o fracción mayor a 3 meses.
3. Licencia por vacaciones: luego de 1 año de antigüedad.
4. Licencia por enfermedad: más de 1 mes de antigüedad.
5. SAC: más de 1 mes de antigüedad.
so
Graciela, te preguntaba porque quiero que este en blanco y ella tambien me lo pidio, para que tenga su jubilacion y obra social, trabajando un promedio de 30 hs semanales, si podes aclarame si es posible y si lleno el formulario 102 directamente o antes tengo que presentarme en la afip.- Muchas gracias
Leandro
No hace falta ir a la AFIP^necesitas el CUIL de la trabajadora
http://www.econoblog.com.ar/1863/%C2%BFcomo-hago-los-aportes-al-servicio-domesticoformulario/