Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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INSCRIPCIÓN | ||||||||||
Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
DERECHOS LABORALES | ||||||||||
VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
DESPIDO | ||||||||||
PREAVISO |
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INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. |
hola!! trabajo de lunes a viernes de 12 a 20 hs(8 horas diarias) de niñera, queria saber cual deberia ser mi sueldo actual a septiembre de 2009?.
y cual es el minimo por hora de empleada domestica a esta misma fecha?
Tengo una empleada domestica que trabaja dos días a la semana 5 horas cada uno, o sea 10 hs semanales en total.Le pago $12 la hora y además abobo $20 mensuales de aportes y le entrego uno de los tickets, que es lo que corresponde según el formulario 102. Según la ley actual, ¿tengo o no obligación de pagarle aguinaldo, vacaciones pagas y despido?
Silvina
No tenes obligación
Mi empleada domestica me mando un telegrama de renuncia. En que formulario hago la liquidación y como hago la baja al sistema .Desde ya muchas gracias.
Mirian
En el 102 lo podes hacer del lado de atras o tengo un recibo publicado en planilla excel para el servicio domestico. La baja no se da, se anota en la libreta de trabajo
era lo que estimaba… bueno. me he sacado muchas dudas por este medio. por suerte tengo otro trabajo fuera del ambito del servicio domestico, que realmente viendo sobretodo lo que se pregunta por este foro, es casi como ser esclavo…
como reflexion me queda aportar.. que si es tan insignificante y poco importante el trabajo domestico, seria apropiado que no existiera y que cada uno limpie la mugre que hace..
sin mas
salud
saludos
bueno,antes que nada debo decir que de todo lo que he leido, se desprende que nadie valora el trabajo, tan importante, que realizan los domesticos.
mi situacion es la siguiente: trabaje 3 años y medio en «blanco»(solo me aportaban una obra social que no tenia)realizando tareas desde la limpieza a las propias y especializadas de un piletero y jardinero. no renuncie solo hablando con mi empleador quedo en claro que no iba a seguir trabajando… cuanto debo recibir como liquidacion. entre a trabajar el 15/2/2006 hasta el 31/8/2009 mi «sueldo» era de 550 por 4 hs de lunes a viernes
gracias
cristian
Si te aportaban y no te incribiste en la obra social la culpa no e sde tu empleador. Si llegaste a un acuerdo mutuo tenes que hablar con él y saber si el esta de acuerdo para que te vallas, si te reconoce algo de lo contrario si a el no le interesa que te vallas te paga los dias trabajados, vacaciones y aguinaldo proporcional