El fin de semana pasado ha comenzado a regir el Nuevo Código Civil y Comercial (CCC) de la República Argentina. Una de las reformas que incluye este cuerpo permite a los padres registrar a sus bebés recién nacidos con el apellido de la madre, el padre o de ambos. Según indicó iProfesional, apenas entraron en vigencia las nuevas leyes, muchas parejas se acercaron a los registros civiles con el fin de cambiar el apellido de sus hijos, lo cual se debe realizar vía judicial.
Hasta el mes de julio de 2015, los bebés podían ser registrados con el apellido del papá, o en caso de que no se encuentre el mismo, de la mamá. Siendo mayor de edad, la persona puede solicitar la adición del apellido materno, cosa que generalmente suelen hacer los abogados.
Sin embargo, desde el 1ero de agosto de 2015, los padres tienen más libertades a la hora de anotar a sus bebés. Además de poder elegir nombres indígenas o extranjeros, los papás pueden poner el apellido paterno, materno o ambos. Por lo cual, son muchas las parejas que se acercaron a los registros civiles con el fin de cambiar el nombre de sus hijos. En la mayoría de los casos se deseaban invertir el orden de los apellidos.
El problema que se han encontrado todas las personas que intentaron realizar este trámite es que la ley solamente es para los que sean inscriptos de ahora en más, no es posible modificar los apellidos que ya han sido puestos.
Por lo cual, como era antes de que entre en vigencia el nuevo Código, el cambio de nombre o apellido se tramita vía judicial. por lo cual, los interesados deben asesorarse con un abogado para solicitar autorización a la Justicia, algo que suele tardar varios años.
Es importante tener en cuenta que el CCC establece que en el caso de que haya más de un hijo, la combinación de apellidos que se eligió para el primero se debe respetar con los hermanos para que no hayan confusiones.
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Que necesito para cambiar el apellido a mi bebé