Los trabajadores en relación de dependencia o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) tienen derecho a cobrar la Asignación por Prenatal. Para ello, la mujer embarazada o el padre del niño por nacer deben acreditar el embarazo en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Los requisitos para cobrar la Asignación por Prenatal que paga ANSES son los siguientes:
- Ser empleado en relación de dependencia o beneficiario de ART incorporado al SUAF.
- Acreditar el embarazo dentro el tercer y sexto mes de gestación. En caso de efectuar el trámite con posterioridad solamente se cobrarán los meses restantes hasta que ocurra el nacimiento o la interrupción del embarazo.
- Contar con una antigüedad mínima y continua de tres meses a la fecha de la concepción. Es posible acreditar antigüedad inmediata anterior en caso de que el empleado haya estado cobrando Asignaciones Familiares en otros empleos o el Fondo por Desempleo.
La documentación requerida para cobrar el Prenatal es la siguiente:
- Formulario PS 2.55 «Declaración Juarda Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares». El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico que incluya toda la información requerida en dicho punto.
- Certificado médico que se indica en el Rubro 6 o el que lo reemplace. El mismo tiene una validez de 30 días desde que fueron emitidos.
En caso de que el cobro lo realice el padre porque la madre no trabaja en relación de dependencia es necesario adjuntar:
- Si son casados: El acta de matrimonio en original y fotocopia.
- Si son convivientes: La Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencia en original y fotocopia.
Para presentar la documentación se debe sacar un turno en ANSES. Esto es posible realizarlo mediante el sitio web del organismo o la línea gratuita 130.
Una vez ocurrido el nacimiento o la interrupción del embarazo es obligatorio informar al organismo previsional dentro de los 120 días presentando el certificado de nacimiento o el certificado médico y el certificado de defunción, según corresponda.
Es muy importante tener en cuenta que si la acreditación del embarazo en ANSES se efectúa con posterioridad a que ocurra el nacimiento, la persona pierde el derecho a cobrar el prenatal.
Un dato a tener en cuenta es que la zona geográfica en la cual resida el beneficiario determina el monto a cobrar por la Asignación Familiar por Embarazo. Es posible consultar los importes vigentes ingresando AQUÍ.
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Hola trabajo bajo dependencia cómo hago el trámite ?
Hola keria saber como hago para cobrar el prenatal ya que yo tengo la asignacion madre y cobro yo las asignaciones de mis hijas el papa trabaja en blanco muchas gracias
Vos con un poder firmado por él sacas turno y haces le tramite para prenatal
http://www.econoblog.com.ar/47558/otorgar-poder-para-tramitar-asignaciones-familiares-en-anses/
Hola quisiera saber si mi mujer tiene que retirar el formulario al anses o se lo da el doctor que le hace los controles
Diego Si es Prenatal por SUAF el medico le da el certificado
Hola necesito saber si me pagan el prenatal. Mi mujer está embarazada de 4 meses y yo trabajo de navegante en el sur. Si es q me corresponde ella
Sola podría hacer los trámites??? Espero su respuesta gracias
David Tus aportes donde van?? si es ANSES ella puede hacer el tramite pero necesita que le des un poder que lo baja de la pagina de ANSES
Me corresponde cobrar igual el prenatal si el padre de mi hijo y yo estamos en blanco? en caso así quien tiene que hacer el trámite? y que papeles necesito? no estoy casada.
zunilda Es importante que vos hagas el tramite, ya que tenes que presentar la documentación y formularios con copia a tu empleador en tiempo y forma para que te paguen además del Prenatal (según tope ingreso grupo familiar) para que te paguen la Asignación por Maternidad
http://www.econoblog.com.ar/9372/documentacion-a-presentar-por-los-trabajadores-para-cobrar-las-asignaciones-familiares/