La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite que los contribuyentes que poseen personal de Casas Particulares registrado puedan dar la baja por Internet en el momento que desee. Este trámite debe ser realizado mediante www.afip.gob.ar contando con la Clave Fiscal. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico.
Los pasos a seguir para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico son los siguientes:
- Entrar en la página de AFIP.
- Hacer clic en «Acceso con Clave Fiscal».
- Ingresar el número de CUIL o CUIT y la Clave Fiscal.
- Seleccionar «Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social».
- Presionar en «Personal de casas particulares».
- Ingresar en la opción «Relaciones laborales».
- El sistema mostrará los datos de los trabajadores de casas particulares registrados. Es necesario presionar en el icono con forma de tacho de basura (Registrar Baja) que se encuentra junto al empleado que se desea desvincular.
- Ingresar la fecha de baja y pulsar «Aceptar».
- La página mostrará la constancia de la baja de la relación laboral.
Cuando de la baja a empleado doméstico, el empleador debe pagar los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado utilizando el volante de pago Cese de Relaciones Laborales, el cual únicamente puede ser generado por medio de un Volante Electrónico de Pago.
Generar el formulario en caso de Cese de la Relación Laboral
Una vez dada la baja del trabajador en el servicio «Simplificación Registral – Registros Especiales de la Seguridad Social», el sistema realiza la siguiente pregunta «¿Desea generar el Volante Electrónico de Pago (VEP)?». El usuario debe pulsar en el botón «Sí»; e ingresar el tipo de pago y la cantidad de horas semanales y presionar «Siguiente».
El sistema mostrará el monto a pagar. En caso de ser correcto es necesario pulsar en «Generar VEP».
Luego es necesario elegir el VEP a abonar y la entidad de pago.
Otra manera de realizar el VEP para la baja de un empleado del servicio doméstico es mediante el servicio «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos». Esta forma de hacerlo es obligatoria cuando se deban pagar intereses.
Para hacerlo por este método es posible acceder a dicho servicio de las siguientes maneras:
- Con la Clave Fiscal: Ingresar en www.afip.gob.ar; presionar en «Acceso con Clave Fiscal»; escribir el número de CUIL/CUIT/CDI y la Clave Fiscal y pulsar «Ingresar»; y hacer clic en «Presentación de DDJJ y Pagos».
- Con la contraseña de homebanking: Entrar en www.pagomiscuentas.com.ar, www.linkpagos.com.ar, www.interbanking.com.ar o el sitio web de la entidad bancaria; acceder a «Servicios AFIP»; y elegir «Presentación de DDJJ y Pagos».
Al entrar al servicio es necesario hacer clic en el botón «Aceptar» y efectuar los siguientes pasos:
- Elegir «Nuevo VEP» dentro del grupo «Pagos».
- Ingresar el número de CUIL del empleado, en «Organismo recaudador» elegir «AFIP», en «Grupo de tipo de pagos» «Casas particulares – Ley 26.844» y en «Tipo» elegir «Pago cese relación laboral activo / menores / jubilado» (Según corresponda).
- Indicar el período de pago, la carga horaria, el CUIT/CUIL del empleador y el importe.
- Seleccionar la forma de pago.
Consulta…desde la Afip no se puede generar el recibo de sueldo de liquidacion por la baja? Si es asi como se hace?
Adriana se pagan aportes y liquidación final con el formulario 1350 todo online
http://www.econoblog.com.ar/24688/montos-y-formularios-para-pagar-aportes-y-la-art-de-las-empleadas-de-servicio-2014/
Hola, ya enviamos telegrama con pre aviso para despedir a la empleada que trabajaba en casa, ademas dimos de baja en la afip. Lo que no me queda claro es si al realizar la liquidacion correspondiente tengo que completar la misma en el formulario 1350, o hay hay que hacer algo mas donde quede constancia del pago que se esta realizando, gracias
Mariana si diste la baja y pagas aportes formulario 1350 online ya esta
El casero renuncio que se debe abonar .trabajo 15 días del mes y en total 75 días.
Gracias
Mabel Dias trabajados, vacaciones y aguinaldo proporcional
Una empleada domestica dejo de trabajar en mi casa hace 2 años. La relación termino en buenos terminos, con un telegrama de renuncia de parte de la empleada. Deje de pagar los aportes, pero desconocía la necesidad de dar la baja en la relación laboral en AFIP. Hoy, casi 2 años más tarde, la ART me reclama ratificar o rectificar la información de esta relación y advierto que debería haber dado la baja. Puedo solicitar una baja retroactiva apoyandome en el telegrama de renuncia? Donde debo presentarme?
Gracias
Virginia La baja se da por Internet pero no te la van a tomar retroactiva dos años, deberías averiguar bien en la AFIP y en la ART anda para saldar y dar la baja
Estimada, me puede contar como lo soluciono? Me ocurre igual. Gracias
Hola. Mi empleada decidió que no seguirá trabajando. Es suficiente con que me firme este volante de baja que puedo sacar por internet, o debería pedirle que me envíe un telegrama de renuncia antes de hacerlo? Gracias
ANA los telegramas de trabajadores son gratuitos, mejor decile que te lo envie