AFIP con empleada del servicio doméstico

AFIP: Pasos para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite que los contribuyentes que poseen personal de Casas Particulares registrado puedan dar la baja por Internet en el momento que desee. Este trámite debe ser realizado mediante www.afip.gob.ar contando con la Clave Fiscal. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico. Los pasos a seguir para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico son los siguientes: Entrar en la página de AFIP. Hacer clic en «Acceso con Clave Fiscal». Ingresar el número de CUIL o CUIT y la Clave Fiscal. Seleccionar «Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social». Presionar en «Personal de casas particulares». Ingresar en […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite que los contribuyentes que poseen personal de Casas Particulares registrado puedan dar la baja por Internet en el momento que desee. Este trámite debe ser realizado mediante www.afip.gob.ar contando con la Clave Fiscal. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico.

Los pasos a seguir para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico son los siguientes:

  • Entrar en la página de AFIP.
  • Hacer clic en «Acceso con Clave Fiscal».
  • Ingresar el número de CUIL o CUIT y la Clave Fiscal.
  • Seleccionar «Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social».
  • Presionar en «Personal de casas particulares».
  • Ingresar en la opción «Relaciones laborales».
  • El sistema mostrará los datos de los trabajadores de casas particulares registrados. Es necesario presionar en el icono con forma de tacho de basura (Registrar Baja) que se encuentra junto al empleado que se desea desvincular.
  • Ingresar la fecha de baja y pulsar «Aceptar».
  • La página mostrará la constancia de la baja de la relación laboral.

Cuando de la baja a empleado doméstico, el empleador debe pagar los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado utilizando el volante de pago Cese de Relaciones Laborales, el cual únicamente puede ser generado por medio de un Volante Electrónico de Pago.

Generar el formulario en caso de Cese de la Relación Laboral

Una vez dada la baja del trabajador en el servicio «Simplificación Registral – Registros Especiales de la Seguridad Social», el sistema realiza la siguiente pregunta «¿Desea generar el Volante Electrónico de Pago (VEP)?». El usuario debe pulsar en el botón «Sí»; e ingresar el tipo de pago y la cantidad de horas semanales y presionar «Siguiente».

El sistema mostrará el monto a pagar. En caso de ser correcto es necesario pulsar en «Generar VEP».

Luego es necesario elegir el VEP a abonar y la entidad de pago.

Otra manera de realizar el VEP para la baja de un empleado del servicio doméstico es mediante el servicio «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos». Esta forma de hacerlo es obligatoria cuando se deban pagar intereses.

Para hacerlo por este método es posible acceder a dicho servicio de las siguientes maneras:

  • Con la Clave Fiscal: Ingresar en www.afip.gob.ar; presionar en «Acceso con Clave Fiscal»; escribir el número de CUIL/CUIT/CDI y la Clave Fiscal y pulsar «Ingresar»; y hacer clic en «Presentación de DDJJ y Pagos».
  • Con la contraseña de homebanking: Entrar en www.pagomiscuentas.com.ar, www.linkpagos.com.ar, www.interbanking.com.ar o el sitio web de la entidad bancaria; acceder a «Servicios AFIP»; y elegir «Presentación de DDJJ y Pagos».

Al entrar al servicio es necesario hacer clic en el botón «Aceptar» y efectuar los siguientes pasos:

  • Elegir «Nuevo VEP» dentro del grupo «Pagos».
  • Ingresar el número de CUIL del empleado, en «Organismo recaudador» elegir «AFIP», en «Grupo de tipo de pagos» «Casas particulares – Ley 26.844» y en «Tipo» elegir «Pago cese relación laboral activo / menores / jubilado» (Según corresponda).
  • Indicar el período de pago, la carga horaria, el CUIT/CUIL del empleador y el importe.
  • Seleccionar la forma de pago.

86 comentarios en “AFIP: Pasos para dar la baja a un empleado del Servicio Doméstico”

  1. Hola, Graciela: Estoy preparando la liquidación final de una acompañante no terapéutica, que trabajó en casa tres años. La persona a la que cuidaba ha muerto el mes pasado, así que la acompañante trabajó sólo 9 meses de 2017. ¿Cómo se liquidan las vacaciones? Además, el primer año no quiso tomarse vacaciones: ¿hay que pagárselas o no? ¿hay alguna forma de compensarla? Muchas gracias, saludos. Marcela.

  2. Hola Graciela, te consulto pues voy a prescindir de los servicios de la niñera (es la 4º categoria «asistencia y cuidado de personas») a fin del presente mes. Según entiendo debo pagar las cargas sociales de septiembre, lo correspondiente al art 245 de la ley de contrato de trabajo + el preaviso, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas… ahora mi pregunta es ¿antes de dar de baja en afip debo generar primero el recibo de sueldo de este mes? y otra consulta ¿el aplicativo de afip calcula la liquidación correspondiente o debo calcularla yo teniendo como base el art 248 + lo estipulado en un despido habitual que ya mencionara? Desde ya muchas gracias.

    1. Carlos aportes pagalo con el formulario 1550 y si te referis a la liquidación final a pagarle a la trabajadora, la tenes que calcular vos

  3. Hola Graciela, te hago una pregunta, mi empleada ya lleva trabajando para nosotros más de un año, no llega a los 2 años. Le daré el mes de pre aviso, y cuándo genero la baja? con qué fecha? En algún lugar consta el mes que le estaré dando de preaviso? Gracias. Saludos

  4. Consulta, en el cese de la relación laboral de una empleada domestica al querer generar volante de pago por error coloque generar VEP pero en realidad lo debo pagar por pago facil , como puedo generar dicho formulario para realizar dicho pago

  5. Hola,di de alta a una cuidadora de ancianos el 9/7.
    Le aboné el primer con las respectivas cargas que le corresponden
    El miércoles estas ancianas entrarán a un geriátrico y no necesito de la colaboración de quien cuidaba de ellas
    Debo abonarle la s cargas sociales de este mes? y la semana trabajada
    O debo abonar algo más ?
    Gracias, saludos Lucrecia

    1. Lucrecia Haber si entiendo vos tenias en tu casa cuidado de ancianos?? Eso no es servicio doméstico, si es, si la persona anciana es un familiar tuyo Y para dar la baja servicio doméstico se paga el mes de la baja con el formulario 1550 en forma online, sino no podes dar la baja luego

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