Empleada del servicio doméstico

Personal del Servicio domestico, descanso de la jornada laboral

Todas las personas empleadas en el servicio doméstico sin retiro, gozarán de los siguientes beneficios:            a) Reposo diario nocturno de 9 horas consecutivas como mínimo, que sólo podrá ser interrumpido por causas graves o urgentes. Además, gozarán de un descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas.            b) Descanso semanal de veinticuatro horas corridas o en su defecto dos medios días por semana a partir de las quince horas fijado, teniendo en consideración las necesidades del empleado y del empleador. En caso que un matrimonio conjuntamente preste servicios a un dueño de casa o padres con sus hijos, las retribuciones deberán ser convenidas en forma individual y abonadas separadamente. Los trabajadores que trabajan sin retiro […]

Todas las personas empleadas en el servicio doméstico sin retiro, gozarán de los siguientes beneficios:

           a) Reposo diario nocturno de 9 horas consecutivas como mínimo, que sólo podrá ser interrumpido por causas graves o urgentes. Además, gozarán de un descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas.
           b) Descanso semanal de veinticuatro horas corridas o en su defecto dos medios días por semana a partir de las quince horas fijado, teniendo en consideración las necesidades del empleado y del empleador.
En caso que un matrimonio conjuntamente preste servicios a un dueño de casa o padres con sus hijos, las retribuciones deberán ser convenidas en forma individual y abonadas separadamente.
Los trabajadores que trabajan sin retiro gozarán de los beneficios de habitación y alimentación.
La alimentación comprenderá como mínimo desayuno, almuerzo y cena, y estará adecuada a los usos y costumbres de la casa.
Los hijos menores de 14 años u otro miembro de la familia que convivan en la casa donde presten servicios no serán considerados servicio doméstico. De hecho, los empleadores, según lo convenido, podrán deducir del sueldo del empleado, las prestaciones que la familia del trabajador reciba por alojamiento y/o comida.
El decreto 7979/1956 establece una prestación en dinero por habitación y comida durante el período de vacaciones del empleado, aunque el empleador podría sustituir por dinero los importes equivalentes a estas prestaciones. A la fecha no existe un importe vigente para estas prestaciones

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35 comentarios en “Personal del Servicio domestico, descanso de la jornada laboral”

  1. Hola: la persona que trabaja en casa en total 36 hs semanales de lunes a sabados pero algunos días viene 5 horas y otros viene 8 hs y su sueldo es de 1200 pesos, quisiera saber si esta correcto o no y ella todavia no tiene sus documentos y yo quiero ponerla en blanco con que tramite puedo hacerlo o ella primero debe terminar de tramitar su DNI.La jornada de 8 hs diarias es de lunes a viernes o tb incluye el sabado? Desde ya muchas Gracias

  2. Hola: la persona que trabaja en casa en total 36 hs semanales de lunes a sabados pero algunos días viene 5 horas y otros viene 8 hs y su sueldo es de 1200 pesos, quisiera saber si esta correcto o no y ella todavia no tiene sus documentos y yo quiero ponerla en blanco con que tramite puedo hacerlo o ella primero debe terminar de tramitar su DNI.La jornada de 8 hs diarias es de lunes a viernes o tb incluye el sabado? Desde ya muchas Gracias

  3. Laura: le tenes que pagar 571 por las 4 horas diarias mas 8,70 por la hora execende de las 4. En total: $745

  4. hola! necesito saber dos cosas:

    1) cuanto debo pagarle a mi empleada que trabaja 5 horas por dia de lunes a viernes?

    y 2) que tengo que hacer para cubrirme legalmente ya que ella no quiere que la ponga en blanco porque esta tramitando la jubilacion de ama de casa y la perjudico si le hago aportes?

    desde ya muchas gracias

    Laura

  5. Hola Mariana:

    Mejor llega a un arreglo bueno y que ella renuncie, te puede acusar de discriminacion, de lo contrario mejor consulta primero a un abogado.

    gracias

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