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Aportes, Contribuciones y Recibos de Sueldos del Personal del Servicio domestico

Los sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes y el empleador otorgará en cada caso el recibo correspondiente. El Formulario Nº 102 de la AFIP tiene en su parte inferior el correspondiente recibo de sueldo. Los aportes y contribuciones obligatorios para el personal del servicio domestico se ingresan por mes vencido del 1 al 10 de cada mes, mediante el Formulario Nº 102 de AFIP  (volante de pago – nuevo modelo) y según los medios de pagos habilitados por la AFIP. Los aportes voluntarios se ingresan por mes vencido del 1 al 15 de cada mes, mediante el Formulario Nº 575 de AFIP y según los medios de pagos habilitados por AFIP. […]

Los sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes y el empleador otorgará en cada caso el recibo correspondiente. El Formulario Nº 102 de la AFIP tiene en su parte inferior el correspondiente recibo de sueldo.

Los aportes y contribuciones obligatorios para el personal del servicio domestico se ingresan por mes vencido del 1 al 10 de cada mes, mediante el Formulario Nº 102 de AFIP  (volante de pago – nuevo modelo) y según los medios de pagos habilitados por la AFIP. Los aportes voluntarios se ingresan por mes vencido del 1 al 15 de cada mes, mediante el Formulario Nº 575 de AFIP y según los medios de pagos habilitados por AFIP.

La AFIP mediante la resolución 1978 (BO: 16/12/2005) establece requisitos para el respaldo documental de aportes y contribuciones obligatorios, los cuales deberán consignarse en el Formulario Nº 102 de AFIP  nuevo modelo.
Se determinan de acuerdo a las horas trabajadas por semanas.
En el mes de Junio y Diciembre fecha que se abona al Aguinaldo, se calcula como un mes común, o sea que el aguinaldo si bien se paga al trabajador no se tienen en cuenta para el pago de los aportes y contribuciones.

Empleados que trabajan de 6 horas a 16 horas o más semanales, pero que no configuran la relación de dependencia ejemplo tres días a la semana 9 horas por día, es decir, 27 horas semanales.
Al igual que los empleados en relación de dependencia deben obtener la CUIL y realizar el pago de los aportes que a continuación se detallan, según la cantidad de horas trabajadas por semana.

CUADRO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES TRABAJADORES ACTIVOS

Empleado Empleador Empleado Empleado Empleado Empleado
Horas por semana Aporte obligatorio Obra Social Contribución Obligatoria (SIJP) Aporte voluntario obra social grupo familiar a cargo Aporte voluntario obra social titular Aporte voluntario (SIJP) Aporte voluntario (SIJP)
6 hs. o más $ 8.- $12.- $24,44 $12.- $23.- $ 33 o más
12 hs. o más $ 15.- $24.- $24,44 $5.- $11.- $ 33 o más
16 hs. o más $ 20.- $35.- $24,44 $ 33 o más

CUADRO INGRESO DE LA OBLIGACIÓN MENSUAL FORMULARIO Nº 102

F 1021 TRABAJADORES ACTIVOS
Horas trabajadas semanalmenteMarcar con x IMPORTE
0 Desde 6 a menos 12 $ 20.-
0 Desde 12 a menos 16 $ 39.-
0 16 o más $ 59.44

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213 comentarios en “Aportes, Contribuciones y Recibos de Sueldos del Personal del Servicio domestico”

  1. Hola,
    Tengo una empleada en casa que trabaja 4 dias a la semana, 6 horas por cada dia, lo cual hace un total de 24 hs semanales. Trabaja conmigo desde hace 3 años y medio. Yo pago el sueldo y todos los aportes estan a mi cargo. A partir del mes de setiembre he consignado esto en el reverso del form 102.
    Dado que ella justo se enfermó, envio a su hija de 15 años a retirar su sueldo y firmo el recibo.
    El tema es que desde el 1º/10/10 que esta con licencia de enfermedad y no me informa de su estado. El ultimo certificado del medico de la clinica que la atendio, dijo que debia guardar reposo absoluto hasta que el especialista le diera el alta. Este recibo esta datado el 6/10/10. El dia 8/10 la llamamos por telefono para ver su estado, dijo que aun no habia visto al especialista (problema pulmonar), y desde entonces no se ha vuelto a comunicar para informar de su estado.
    Para colmo, no tengo su direccion, solo el numero de cuit.
    Qué debo hacer en una situacion asi? Porque ademas, he tomado la decision de que no quiero que trabaje mas en mi casa.
    Si se presenta a cobrar el mes proximo, ¿debo pagarle? o descontar dias?
    Gracias

    1. Marita

      Le tenes que pagar 30 dias por enfermedad, en el año. Vas a tener que esperar que regrese o sea pagarle los 30 y luego citarla para llegar a un acuerdo en el Ministerio de Trabajo. Cuando venga la hija o antes llamala por telefono y decile que necesitas hablar con ella que te de la dirección, ya que la vas a tener que intimar y la vas a necesitar

  2. Gracias por tu respuesta Graciela.

    El tema es que está renunciando ahora en Octubre.
    ¿Debo pagar los 81,75 por cada mes no pagado o puedo pagar sólo los 35 de jubilación que es lo que interesa?
    Saludos, R.

  3. Hola. Tengo una empleada doméstica que está renunciando. Trabaja desde Diciembre 2007 pero hice los aportes y contribuciones desde Mayo 2008.
    Trabaja 4hs x 5 días a la semana en ss de limpieza doméstico.
    Si quisiera regularizar el período no aportado, puede hacerlo con el F.575? ¿Un F. x mes o todo junto?
    En ese caso, puedo pagar sólo Contribuciones? El único motivo es que le computen esos meses como aportado a la jubilación.
    ¿Cuantos son los intereses?
    Muchas gracias, R.

    1. Rolando

      Te conviene ir pagando con el 102 un mes por vez, ejemplo en noviembre pagas Octubre y mayo del 2008 y asi para atras. Los intereses se pagan con el 575, el 2% por mes

  4. Hola, necesito ayuda con lo siguiente: tengo una empleada doméstica, con retiro, que trabaja 3 días por semana , 8 hs. cada día. Yo tenía entendido que con el f. 102 nuevo modelo, pagando la escala de +de 16 hs, ya valía como recibo de pago, además del ticket.
    la empleada me dice que no, que le dijeron en el sindicato de mucamas que por las horas que ella trabaja, le corresponde una relación de dependencia, con recibo de sueldo (como si estuviera por la ley 20744) y presentacion de cargas sociales a la afip con el 931. Eso es asi???
    De ser así, cual es el sueldo que tengo que tomar como base para los descuentos?
    Muchas gracias desde ya.

    1. Carolina

      Eso no es así, imaginate que es muy complicado la presnetación del f 931 Servicio Domestico se hacen los aportes F102 que sirve como recibo de pago, en algunos distritos piden hacer el recibo. Tengo una planilla excel para servicio domestico de recibo de sueldo. Consultalo en el Ministerio de Trabajo, si queres luego comentalo

  5. mi pregunta es la siguiente: tengo una empleada domestica que va a renunciar, me interesaria saber que le corresponde? en caso que le correspoda por ejemplo salario anual complementario, vacaciones y indemizacion, me interesaria saber si para sentar lo recibido se debe hacer por acuerdo privado o es necesario hacerlo ante algun funcionario del ministerio de trabajo o algo asi..se que es amplia mi pregunta pero me gustaria que me oriente un poco. muchas gracias

    1. vanesa

      Si ella te manda el telegrama de renuncia no hace falta acuerdo, no decis los dias y horas que trabaja y la antigedad. si trabaja 4 horas como minimo 4 dias a la semana y hace mas de un año, le corresponde el sueldos o dias trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcionales, pones en el formulario 102 el importe a cobrar y al dorso del recibo haces el detalle y se firman ambos lados del formulario

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