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Aportes, Contribuciones y Recibos de Sueldos del Personal del Servicio domestico

Los sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes y el empleador otorgará en cada caso el recibo correspondiente. El Formulario Nº 102 de la AFIP tiene en su parte inferior el correspondiente recibo de sueldo. Los aportes y contribuciones obligatorios para el personal del servicio domestico se ingresan por mes vencido del 1 al 10 de cada mes, mediante el Formulario Nº 102 de AFIP  (volante de pago – nuevo modelo) y según los medios de pagos habilitados por la AFIP. Los aportes voluntarios se ingresan por mes vencido del 1 al 15 de cada mes, mediante el Formulario Nº 575 de AFIP y según los medios de pagos habilitados por AFIP. […]

Los sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes y el empleador otorgará en cada caso el recibo correspondiente. El Formulario Nº 102 de la AFIP tiene en su parte inferior el correspondiente recibo de sueldo.

Los aportes y contribuciones obligatorios para el personal del servicio domestico se ingresan por mes vencido del 1 al 10 de cada mes, mediante el Formulario Nº 102 de AFIP  (volante de pago – nuevo modelo) y según los medios de pagos habilitados por la AFIP. Los aportes voluntarios se ingresan por mes vencido del 1 al 15 de cada mes, mediante el Formulario Nº 575 de AFIP y según los medios de pagos habilitados por AFIP.

La AFIP mediante la resolución 1978 (BO: 16/12/2005) establece requisitos para el respaldo documental de aportes y contribuciones obligatorios, los cuales deberán consignarse en el Formulario Nº 102 de AFIP  nuevo modelo.
Se determinan de acuerdo a las horas trabajadas por semanas.
En el mes de Junio y Diciembre fecha que se abona al Aguinaldo, se calcula como un mes común, o sea que el aguinaldo si bien se paga al trabajador no se tienen en cuenta para el pago de los aportes y contribuciones.

Empleados que trabajan de 6 horas a 16 horas o más semanales, pero que no configuran la relación de dependencia ejemplo tres días a la semana 9 horas por día, es decir, 27 horas semanales.
Al igual que los empleados en relación de dependencia deben obtener la CUIL y realizar el pago de los aportes que a continuación se detallan, según la cantidad de horas trabajadas por semana.

CUADRO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES TRABAJADORES ACTIVOS

Empleado Empleador Empleado Empleado Empleado Empleado
Horas por semana Aporte obligatorio Obra Social Contribución Obligatoria (SIJP) Aporte voluntario obra social grupo familiar a cargo Aporte voluntario obra social titular Aporte voluntario (SIJP) Aporte voluntario (SIJP)
6 hs. o más $ 8.- $12.- $24,44 $12.- $23.- $ 33 o más
12 hs. o más $ 15.- $24.- $24,44 $5.- $11.- $ 33 o más
16 hs. o más $ 20.- $35.- $24,44 $ 33 o más

CUADRO INGRESO DE LA OBLIGACIÓN MENSUAL FORMULARIO Nº 102

F 1021 TRABAJADORES ACTIVOS
Horas trabajadas semanalmenteMarcar con x IMPORTE
0 Desde 6 a menos 12 $ 20.-
0 Desde 12 a menos 16 $ 39.-
0 16 o más $ 59.44

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213 comentarios en “Aportes, Contribuciones y Recibos de Sueldos del Personal del Servicio domestico”

  1. mi empleada domestica trabaja 8 horas por semanas segun se no configura relacion de dependencia, yo le pago los aportes jubilatorios pero ahora quiero dejar de contratarla debo pagar una indemnización?

  2. Graciela. Tengo una niñera q trabaja por horas, no tiene una carga horaria fija y cobra por hora por dia, pero queria blanquearla para mensualizarla y realizarle los aportes para q pueda acceder a una os y jubilacion. Cual es el sueldo q le tengo q pagar por 5 horas diarias de lunes a viernes? Y los aportes se cuentan dentro de ese monto o es aparte?
    Muchas gracias

    1. Carolina

      $ 751.07 por trabajar 88 horas mensuales o 4 días de lunes a viernes, mas $10.78 por cada hora excendete. Aportes $81.75 $46.75 paga trabajadora y $35 empleadora, salvo acuerdo entre partes que pague todo la empleadora

  3. La empleada quiere renunciar, a fines de noviembre, para que le paguemos el sueldo y los aportes en diciembre, y asi conservar la obra social hasta fines de diciembre. No hay problema con la confianza, sabe que si le decimos algo sostenemos nuestra palabra.
    ¿Puede enviar telegrama el 1/11 renunciando a partir del 30/11?
    Durante ese lapso, en vez de venir a trabajar todos los dias, le puedo reducir a 2 dias de trabajo, sin modificarle el sueldo, hasta llegue el 30/11? esto sin ministerio, no me interesa reducirle el sueldo, lo que me interesa es asegurarme que el 30/11 se retire y cese la relacion laboral, o sea, que ella no se arrepienta de su decision de renunciar.
    Y si durante ese tiempo, noviembre, ya habiendo enviado la renuncia, ella vuelve a enfermar ¿yo tengo alguna responsabilidad legal?
    Al momento de pagar el sueldo en diciembre, ¿debo liquidarle vacaciones y aguinaldo proporcionales? ¿como efectuo ese calculo?
    Desde ya mil gracias por tus respuestas, entiendo que es por este medio y no otro… es solo que no queria abusar de tu tiempo y conocimientos.

  4. Hola Graciela, gracias por tus excelentes orientaciones. Tengo que molestarte nuevamente, para pedir tu consejo y saber si es correcto hacer lo que propongo mas abajo. Mi empleada domestica se reintegró hoy a sus tareas despues de 28 dias (corridos) de ausencia por enfermedad. Trajo el certificado correspondiente en el que dice que se le da de alta pero que debe continuar con los controles medicos. De hecho, tambien me trajo las ordenes medicas para realizar estudios pre-quirurjicos puesto que el medico quiere realizar una puncion pulmonar. La empleada se presenta hoy, con estos papeles y me dice que quiere renunciar a fin de noviembre, para darme tiempo a buscar un reemplazo y pq quiere buscar un trabajo menos esforzado y que su familia le brindara soporte economico. Yo le informo que ya tengo y que ella no tiene obligacion de darme el mes de preaviso. En realidad y segun lo hablado con ella, se trata de mantener la obra social hasta diciembre.
    El trato con ella es de 4 dias/6 hs x semana, con los aportes pagados x nosotros. Frente a esta situacion de enfermedad y deseo de renunciar, una posibilidad, es que solo venga 1 dia o 2 a la semana, sin tocarle el sueldo, de «onda», y que ella mande hoy el telegrama renunciando a partir del 30/11/2010. Asi tendria la obra social, y yo me aseguro su renunicia. Temo que en el periodo hasta fines de 11/2010, se vuelva a enfermar…
    Busque un telefono de uds para consultarles personalmente, pero no encontre como… para no hacer tan largo este comentario. Deesde ya muchas gracias.

    1. Marita

      No respondo por telefono ni por mail, trabajo con mi pagina y solo respondo a tarvés de ella, entendes? Tendrias que llegar a un arreglo en el Ministerio de Trabajo que ella renuncia y vos le mantenes la obra social hasta diciembre, eso siempre y cuando ella no te tenga confianza, si vos le decis que renuncie y le vas a mantener el pago hasta diciembre que te dice?

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