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Prórroga del régimen de reducción de las Contribuciones Patronales

Mediante la publicación del Decreto 1801/2015, el Estado Nacional otorgó una prórroga del régimen de reducción de las Contribuciones Patronales que tiene como finalidad incentivar la contratación de nuevos empleados. De esta forma, el Gobierno modificó el plazo que se ha establecido en el Artículo 30 de la Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral (26.940) extendiendo el mismo hasta el 31 de julio de 2016. El régimen de promoción para la contratación de empleados se trata de la reducción de las contribuciones patronales para los empleadores que posean hasta 80 trabajadores en relación de dependencia por el término de 24 meses, los cuales se cuentan a partir del mes en el cual se da comienzo […]

Mediante la publicación del Decreto 1801/2015, el Estado Nacional otorgó una prórroga del régimen de reducción de las Contribuciones Patronales que tiene como finalidad incentivar la contratación de nuevos empleados. De esta forma, el Gobierno modificó el plazo que se ha establecido en el Artículo 30 de la Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral (26.940) extendiendo el mismo hasta el 31 de julio de 2016.

El régimen de promoción para la contratación de empleados se trata de la reducción de las contribuciones patronales para los empleadores que posean hasta 80 trabajadores en relación de dependencia por el término de 24 meses, los cuales se cuentan a partir del mes en el cual se da comienzo a una nueva relación laboral.

La reducción se aplica a las siguientes contribuciones:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
  • Fondo Nacional de Empleo.
  • Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
  • Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios.

Este beneficio se aplica a los siguientes casos:

  • Empleadores cuya dotación de personal sea de hasta 15 asalariados: Por los primeros doce meses no se efectuará el pago de las mencionadas contribuciones y por los doce siguientes se abonará un 25% de las mismas.
  • Empleadores que posean entre 16 y 80 empleados: A lo largo de los primeros 24 meses de la relación laboral se tendrá que ingresar un 50% de dichas contribuciones.

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