Limpieza de empleados domésticos

Personal de servicio domestico, conflictos, resolución y competencia

El personal doméstico está excluido de la ley de contrato de trabajo por ello no requiere de la mediación como requisito previo a la demanda (ley de conciliación laboral obligatoria) Los conflictos individuales que surjan por relaciones de trabajo reguladas por el decreto 326/1956 se resuelven en Capital Federal en el Tribunal del Servicio Doméstico (Consejo de Servicio Doméstico – 25 de Mayo 637). El procedimiento se caracteriza por su celeridad y simplicidad, es verbal y actuado y sigue el orden de pasos de demanda, conciliación y contestación con ofrecimiento de prueba. Las resoluciones de este organismo son apelables ante el Juez Nacional de Primera Instancia del Trabajo en turno en el día de la resolución. Para la Provincia de […]

El personal doméstico está excluido de la ley de contrato de trabajo por ello no requiere de la mediación como requisito previo a la demanda (ley de conciliación laboral obligatoria)

Los conflictos individuales que surjan por relaciones de trabajo reguladas por el decreto 326/1956 se resuelven en Capital Federal en el Tribunal del Servicio Doméstico (Consejo de Servicio Doméstico – 25 de Mayo 637). El procedimiento se caracteriza por su celeridad y simplicidad, es verbal y actuado y sigue el orden de pasos de demanda, conciliación y contestación con ofrecimiento de prueba. Las resoluciones de este organismo son apelables ante el Juez Nacional de Primera Instancia del Trabajo en turno en el día de la resolución.
Para la Provincia de Buenos Aires no existe dicho Consejo, lo que habilita a los tribunales a declararse competentes como instancia única para los conflictos entre trabajadores y empleadores del servicio doméstico. Estos conflictos se rigen por la propia ley procedimental de la Provincia, que establece un procedimiento oral. Los principios en los que se basa el procedimiento son: instancia única, la concentración de la prueba no escrita en una sola audiencia y la inmediación tanto en sentido formal como en sentido material.

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144 comentarios en “Personal de servicio domestico, conflictos, resolución y competencia”

  1. Hola, estoy renunciando a mi trabajo y tengo una empleada domestica en mi casa que cuida a mi bebe y hace las tareas del hogar, todos los dias de 11 a 18.30, si la hago vewnir solo solo 1 dia 6 horas o 2 veces por seman 3 horas, esto implica que baja el aporte?, esto puede hacerse, se considera un despido?
    Muchas gracias por la atencion
    Saludos Maria Jose

    1. Maria Jose:

      Por comentario depende del miniterio de trabajo dela zona, algunos dicen que la tenes que indemnizar hasta ese momemto, yo considero que si tenes buena relación contu empelada ella va a entender que si estas sin tarbajo no es lo mismo y que quizas sea por un tiempo hasta que consigas otro, podes arreglar y pagarle la diferencia a la obar social asi no queda sin ella, hablalo con ella

  2. mi consulta es la siguiente: trabajo de empleada domestica 6 hs los dias lunes, miercoles ,jueves en blanco me pagan por hora.quisiera saber si me corresponde el aguinaldo y tambien quisiera saber si los dias que no voi por cualquier motivo me corresponde pagar(el dia que falte).

  3. HOla,
    quería hacerles una consulta. Contraté a una empleada y estuvo unmes, el que pagué en blanco con los aportes correspondientes. Se reportó con problemas de salud y dice estar aún sin el alta. Trabajó sólo un mes. Qué correspondería hacer si uno no quiere seguir conla relación de trabajo? Muchas gracias por la respuesta. Saludos.
    Teresa

  4. BUENOS DIAS GRACIELA
    MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE:
    NECESITO TOMAR UNA EMPLEADA POR HORAS PARA LAS TAREAS DOMESTICAS.
    CUANTOS DIAS O CUANTAS HORAS DEBO CONTRATARLA PARA NO TENER NINGUN TIPO DE PROBLEMA, NI DE APORTES NI CONTRIBUCIONES, NI INDEMNIZACIONES, NI PROBLEMAS LEGALES, ETC. Y CUANTO ES LO QUE DEBERIA PAGARLES UNICAMENTE PARA LA TAREA DE LIMPIEZA ESPECIFICAMENTE.
    QUIZAS PAREZCA UN POCO EGOISTA MI POSTURA, PERO YA TUVE EXPERIENCIA CON MUCHAS DURANTE LOS DOS ULTIMOS AÑOS, Y VIENEN CUANDO QUIEREN, SE VAN CUANDO QUIEREN, TE ROBAN LO QUE QUIEREN (COMPROBADO)TE ROMPEN TODO, ETC. ETC. ETC.
    DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA.
    TE SALUDO CORDIALMENTE.

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