La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) realiza el pago de una prestación a aquellos trabajadores en relación de dependencia que son despedidos. La cantidad de tiempo que se paga el Fondo de Desempleo varía dependiendo de la antigüedad que se haya tenido en el puesto de trabajo. La misma se paga desde 2 a 12 meses. En caso de que el desempleado tenga 45 años de edad o más se liquidan 6 meses adicionales.
La cantidad de tiempo que se cobra el Fondo de Desempleo de trabajadores permanentes es la siguiente:
Meses cotizados | Cuotas mensuales | Monto a percibir |
6 a 11 | 2 | (*). |
12 a 23 | 4 | (*). |
24 a 35 | 8 | Meses 1 al 4: (*). Meses 5 al 8: 85% del monto del mes 1. |
36 o más | 12 | Meses 1 al 4: (*). Meses 5 al 8: 85% del monto del mes 1 Meses 9 al 12: 70% del monto del mes 1 |
(*) La mitad de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual de los últimos seis meses trabajados. El organismo previsional cuenta con un monto mínimo y máximo.
En el caso de los empleados eventuales y de temporada, en caso de haberse contabilizado menos de doce meses, se cobran un día por cada tres de servicio prestado con cotización.
Cabe señalar que en el caso de los beneficiarios de 45 años o más se liquidará de forma automática la extensión de la prestación por seis meses. El valor de estas cuotas extras es del 70% sobre el monto de la primera.
Los interesados en tramitar el Fondo de Desempleo en ANSES deben solicitar un turno, ya sea por teléfono al 130 o por Internet mediante el sitio web del organismo previsional. En la fecha y horario indicado, la persona tiene que presentarse en la delegación con la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE). Si no se cuenta con el documento es posible presentar la constancia de inicio de trámite.
- Una de la siguiente documentación:
- Despido sin causa: Telegrama de despido, carta documento o nota de despido con la firma del empleador certificada por un escribano público, entidad bancaria, funcionario del organismo previsional o autoridad judicial.
- Despido por quiebra o concurso preventivo: Nota del síndico que indique la desvinculación laboral o sentencia de quiera autenticada por el juzgado competente.
- Resolución del contrato por denuncia del trabajador fundada en justa causa (Artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo): Telegrama de despido y Formulario PS 3.2 (Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo).
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del empleador fundada en la justa causa del despido: Telegrama de despido, telegramas del empleado rechazando la justa causa de despido y el F. PS. 3.2.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: Contrato de trabajo vencido y Formulario PS. 3.23.
- Si el trabajador era beneficiario de una prestación de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) al momento de ocurrir el cese laboral, se tiene que presentar el certificado de alta médica o la resolución que determine un grado de incapacidad laboral permanente o definitiva menor al 66%.
Mientras se cobra el Fondo de Desempleo, el titular tiene derecho a cobrar las Asignaciones Familiares.
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buenas … cobro el seguro de desempleo y soy mayor de 45.. el 1/6/16 cobre la cuaota 3 de 4 (supongo q se me agregan 6 cuotas ams x mayor de 45 ) y cobre $ 400… el 1 / 7 /16 cobrare ya los 3100 osea con aumento.. la cuota 4 de 4. ? o es recien el agosto ?? y me coresponde por la extencion de mayor de 45 el 70 % de 3.200 ??????
Yo trabaje hasta el 30 de octubre de 2015 ,todavia puedo hacer fondo de desempleo.
diego NO, el plazo es de 90 días
yo cumplo los 45 años mientras cobro el fondo de desempleo ! se me suman 6 meses mas??
Hola me llamo cristian tengo 25 años soy de moreno . Trabaje un mes en una empresa de costrucciòn de la uocra . Y me llego un telegrama de despido y estaba en blanco . Tengo posivilidad de cobrar algo.
MI CORREO ELECTRONICO ES .
Cristan Lo mas probable es que no hayan abierta una cuenta y el fondo del Cese Laboral te lo van a pagar en efectivo
Yo trabaje del 16-10-2015 hasta el 19-01-2016 cuantos meses me pertenese cobrar el fondo de desempleo???
Puedo hacer el trámite de l fondo de desempleo si trabaje desde el 5/11/2015 al 30/04/2016 con contrato a plazo fijo?
Silvia Eso no es despido es fin del contrato
Hace doce (12) meses que cobro el fondo de desempleo. ¿Pasando ese tiempo se renueva automáticamente, o tengo que acercarme a anses para renovarlo personalmente? ya que no he conseguido trabajo aun.
armando no se renueva
Hola! Yo cobro desempleo y salario familiar. .. si se me terminan laa cuotas del de desempleo… dejo de cobrar salario familiar?
Natalia Si el papá no trabaja, si dejas de cobrar salario familiar, pero hace el tramite para cobrar AUH