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Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico. Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal […]

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico.

Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal de Casas Particulares); y los Ministerios de Economía, Desarrollo Social y Trabajo.

En este primer Acuerdo Salarial del personal doméstico se acordó un incremento en los salarios del sector del 28% que se aplicará de las siguientes formas:

  • 1ero de septiembre de 2015: 21%.
  • 1ero de diciembre de 2015: 7%.

Es importante tener en cuenta que la segunda suba no es acumulativa. Es decir, ambos porcentajes se aplicarán sobre los valores vigentes al mes de agosto del corriente año.

La Escala Salarial 2015-2016 del Servicio Doméstico publicada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) es la siguiente:

Categoría Tareas Retribución en el mes de Por hora con retiro Por hora sin retiro Por mes con retiro Por mes sin retiro
Supervisor/a Coordinación y control de tareas realizadas por una o varios
personas.
Ago. $40 $44 $5.135 $5.720
Sep. $49 $54 $6.213 $6.922
Dic. $52 $57 $6.573 $7.322
Personal para tareas específicas Empleados contratados como cocinero o para desempeñar otra tarea
que requiere idoneidad.
Ago. $38 $42 $4.771 $5.311
Sep. $46 $51 $5.773 $6.427
Dic. $49 $54 $6.107 $6.798
Caseros Personal que desempeña tareas para el cuidado de una propiedad
en la cual habita con motivo del contrato de trabajo.
Ago. $36 $4.654
Sep. $44 $5.632
Dic. $46 $5.958
Asistencia y cuidado de personas Trabajadores que brindan asistencia y cuidado no terapéutico de
personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos.
Ago. $36 $40 $4.654 $5.187
Sep. $44 $49 $5.632 $6.277
Dic. $46 $52 $5.958 $6.640
Personal para tareas generales Personal que brinda servicio de limpieza, lavado, planchado,
mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del
hogar.
Ago. $33 $36 $4.186 $4.654
Sep. $40 $44 $5.065 $5.632
Dic. $43 $46 $5.358 $5.958

Cabe señalar que las negociaciones paritarias fueron celebradas conforme a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley 26.844. Hasta septiembre de 2014, las subas eran establecidas por la cartera laboral, la cual otorgó un 30% en su último aumento.

La Ley 26844 ha establecido una gran cantidad de beneficios a los trabajadores de Casas Particulares. Entre otras cosas, la misma se obliga a los empleadores a pagar una obra social y efectuar aportes jubilatorios de su personal. Dicha norma establece que le jornada de trabajo diaria no puede ser mayor a 9 horas y la semanal no puede superar las 48 horas.

En dicha ley se establece un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.

Además, en dicha norma se establece los siguientes conceptos para los empleados domésticos: preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.

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3.055 comentarios en “Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico”

  1. Hola, quisiera saber cuanto es el monto «en bruto» que le tengo que pagar a una persona por tareas domésticas 3 veces por semana 4 horas diarias. También necesitaría saber de cuanto seria el importe percibido por la empleada luego de los descuentos de jubilación ete. (Neto de la empleada). Gracias

  2. Buenas yo ejerzo actividades de la categoría 4 y 5 ya que asisto a una anciana, hago algunos tramites de la obra social y farmacia y todos los quehaceres de la casa. Trabajo 25 hs semanales de lunes a viernes y percibo $1100 sem. Entre transporte y pagar al una persona para que se quede con mi hijo me quedan $450 semanales para mi, es decir $90 diarios por las 5hs. Trato de buscar una solución para que me sea mas rentable pero no la estoy encontrando.
    Quisiera saber si presento la renuncia me correspondería indemnización y con cuanto tiempo debería avisar a mis empleadores mi decisión ? tengo 3 años de antigüedad.
    Muchas gracias por su ayuda

    1. Laura 30 días antes le avisas pero si renuncias no hay indemnización, solo días trabajados, vacaciones y aguinaldo proporcional

  3. Necesito saber cuanto debo pagar a una persona que acompañará a mi madre de noche. Le propuse un horario de 22.00 a 8.00. No realizará ninguna otra tarea doméstica.Desde ya le agradezco su respuesta. Quiero que comience a trabajar el 01/03.

    1. Tomás Por trabajar 8 diarias, 48 semanales o 200 mensuales sueldo mínimo $5960.- las demás son extras al 50%, salvo horas trabajadas sábado, domingos y feriados que se pagan al 100%. Menos $233.- de los aportes que paga la trabajadora

      1. Hoy me dijo la Sra Elsa que quiere llegar a las 18.00 y salir a las 8.00 porque teme llegar a la noche. Con ese aumento de horario, cuál sería el sueldo?

      2. Perdón Graciela, hacía referencia a mi anterior mensaje.
        Mi pregunta completa es la siguiente. Necesito una acompañante nocturna para mi madre, y propuse un horario de 22.00 a 08.00. La señora me pide extender el horario porque prefiere no andar de noche por la ciudad.
        Ella pide entrar a trabajar a las 18.00 y salir a las 8.00. Cuánto sería el suelo?

      3. Tomas sueldo mínimo es de $5960.- por 8 horas diarias, 48 semanales o 200 mensuales, las demás se pagan extras al 50%,podrías llegar a un arreglo, como que ella pide ingresar más temprano pero comienza a trabajar a las 22.00, y pagarle algo mas, o algo similar, tomo por escrito.

      4. Necesito saber cuanto debo pagar a la sra que desde mañana asistirá a mi madre, una señora mayor, desde las 18.00 a las 8.00hs. La tarea es sólo asistencia personal, no de enfermería, ni otras tareas domésticas.
        En un principio el horario era desde las 22.00hs. pero la Sra Elsa me pide comenzar más temprano por razones de seguridad.
        Desde ya gracias por su respuesta

  4. Cuanto sería el sueldo de una empleana encargada de cuidar a una anciana 4 horas diarias? Sólo asistencia, sin otras tareas domésticas.

    1. Si este mismo caso fuese cuidando a 3 niños y, además, hubiera dias donde el empleador necesita que me quede una hora mas (es decir 5 horas en lugar de cuatro) el mínimo es el mismo por tratarse de 3 niños? Y esas horas de más¿ se pagan como extra? Gracias!

      1. Lo que no entiendo de la tabla es ¿ por qué si consideras el monto por hora y haces los cálculos en función de las horas totales por mes eso te da un salario inferior al que figura en la columna del salario mensual? Podría despejarme esas dudas? Muchas gracias!

      2. Karin Depende de la cantidad de horas que trabaje en el mes, por ejemplo si es $5368.-/200 = 26.84 y si trabaja 200horas da $5368.- si trabaja menos es menos

      3. Karin si trabaja jornada reducida no hay extras se divide sueldo y se multiplica por la cantidad de horas trabajadas en el mes. Si queres pagarselas extras no hay problema

  5. Querría saber lo que le debo pagar por mes a una acompañante nocturna de una persona mayor. El horario es de 22.00 a 08.00hs.

    1. Elena por trabajar 8 horas diarias, 48 semanales o 200 mensuales el sueldo mínimo es de $5960.- las demás son extras al 50% y sábado a la tarde, domingos y feriados se pagan al 100%. _Menos $233.- de los aportes que pagan la trabajadora

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