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Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico. Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal […]

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico.

Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal de Casas Particulares); y los Ministerios de Economía, Desarrollo Social y Trabajo.

En este primer Acuerdo Salarial del personal doméstico se acordó un incremento en los salarios del sector del 28% que se aplicará de las siguientes formas:

  • 1ero de septiembre de 2015: 21%.
  • 1ero de diciembre de 2015: 7%.

Es importante tener en cuenta que la segunda suba no es acumulativa. Es decir, ambos porcentajes se aplicarán sobre los valores vigentes al mes de agosto del corriente año.

La Escala Salarial 2015-2016 del Servicio Doméstico publicada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) es la siguiente:

Categoría Tareas Retribución en el mes de Por hora con retiro Por hora sin retiro Por mes con retiro Por mes sin retiro
Supervisor/a Coordinación y control de tareas realizadas por una o varios
personas.
Ago. $40 $44 $5.135 $5.720
Sep. $49 $54 $6.213 $6.922
Dic. $52 $57 $6.573 $7.322
Personal para tareas específicas Empleados contratados como cocinero o para desempeñar otra tarea
que requiere idoneidad.
Ago. $38 $42 $4.771 $5.311
Sep. $46 $51 $5.773 $6.427
Dic. $49 $54 $6.107 $6.798
Caseros Personal que desempeña tareas para el cuidado de una propiedad
en la cual habita con motivo del contrato de trabajo.
Ago. $36 $4.654
Sep. $44 $5.632
Dic. $46 $5.958
Asistencia y cuidado de personas Trabajadores que brindan asistencia y cuidado no terapéutico de
personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos.
Ago. $36 $40 $4.654 $5.187
Sep. $44 $49 $5.632 $6.277
Dic. $46 $52 $5.958 $6.640
Personal para tareas generales Personal que brinda servicio de limpieza, lavado, planchado,
mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del
hogar.
Ago. $33 $36 $4.186 $4.654
Sep. $40 $44 $5.065 $5.632
Dic. $43 $46 $5.358 $5.958

Cabe señalar que las negociaciones paritarias fueron celebradas conforme a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley 26.844. Hasta septiembre de 2014, las subas eran establecidas por la cartera laboral, la cual otorgó un 30% en su último aumento.

La Ley 26844 ha establecido una gran cantidad de beneficios a los trabajadores de Casas Particulares. Entre otras cosas, la misma se obliga a los empleadores a pagar una obra social y efectuar aportes jubilatorios de su personal. Dicha norma establece que le jornada de trabajo diaria no puede ser mayor a 9 horas y la semanal no puede superar las 48 horas.

En dicha ley se establece un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.

Además, en dicha norma se establece los siguientes conceptos para los empleados domésticos: preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.

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3.055 comentarios en “Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico”

  1. Hola, quisiera saber: yo trabajo en distintas casas 1 vez en cada una de 4 a 5 hs por dia cada una de las patronas tienen que hacer el aporte?corresponde el aporte? y con 12 años que hace que trabajo en la mayoria de las casas en las que voy una vez a la semana , yo puedo reclamar que se me paguen los años que no me aportaron? Gracias.

    1. Silvina si cada una de ellas debe hacer los aportes para cubrirse por la ART y vos juntas los aportes y te afilias a una obra social para que todos tus aportes vayan a esa obra social. Reclamar podes pero por el momento no hay blanqueo o moratoria para pagar lo atrasado

  2. Hola, buenas noches.
    Tengo una duda al tratar de interpretar la Ley 26.844 que regula la actividad.para Asistencia y cuidado de personas. Por la letra de la Ley, entiendo que el haber mínimo mensual con retiro es $ 5958, para lo cual el empleado debe realizar 208 hs mensuales o 192 hs mensuales…esta es la primer pregunta, porque en algunos sitios habla de 208 y en otros de 192 (48 hs semanales x 4 semanas)
    La mayor duda se me genera cuando dice por hora $ 46…Ante esto el empleado prefiere trabajar por hora, ya que trabajando, por ejemplo 150 hs mensuales ganaría $ 6900…y trabajando 192 hs gan % 5958…en una interpretación lineal de la ley. Claro, el argumento es para que voy a trabajar 208 o 192 hs, que resulta a $ 31 la hora…conviene trabajar menos hs y ganar mas…Yo creo que esta interpretación esta incorrecta, ahora hago la 2da pregunta:la hora a $46 corresponde cuando supera las pautadas (192 o 208)…o cuando corresponde pagar ese importe la hora…
    Una ultima pregunta…si el empleado trabaja el sabado desde las 13 hs y no lo hace en toda la semana, cual es el minimo a pagar por hora?

    1. victor Mi interpretación. Si el trabajador va todos los días de lunes a viernes x cantidad de horas se le paga un mínimo de $5968.- por trabajar 8 diarias, 48 semanales o 200 mensuales, las demás horas se pagan extras al 50% hasta el sábado a las 13.00, sábados mas 13.00 horas, domingo y feriados se pagan al 100%. Si va de lunes a viernes pero por ejemplo 6 horas diarias el cálculo es $5368 /200.- por la cantidad de horas que trabaje en el mes.

      Si no va todos los días por ejemplo lunes, miercoles y viernes se paga por hora a razón de minimo $44.- cada hora
      La reglamentación no dice nada de trabajar fines de semana pro lo que interpreto se paga por hora a razón de $44.- y teniendo en cuenta lo antes mencionado por sábado a la tarde, domingos y feriados

  3. Hola, tengo una mujer con 20 (5 años experiencia) que cuida mis tres niños (con 7, 5, y 4). Viene dos dias, 6 horas un dia, 7 la otra. Tambien hace algo de limpieza. Cuanto debo pagarla?

    1. Jennifer cuanto tenes que pagarle lo decidis vos según zona, eficiencia, experiencia, confianza etc. yo te digo sueldo mínimo $46.- la hora pero están pagando bastante mas

  4. Hola! Quiero contratar una persona para que me ayude en las tareas doméstica 3 horas por semana¿Cuánto debo pagarle? ¿Cómo debo registrarla para jubilación y ART?¿Qué sucede si esa persona trabaja por horas en otros domicilios pero no está blanqueada en ninguno? Debo pagar más por tenerla solo yo en blanco?Son solo 12 horas al mes

    1. Maria Sueldo minimo $44.- la hora pero están pagando bastante mas. vos pagas los aportes por menos de 12 horas y le avisas que si los otros empleadores o ella no paga la diferencia no tiene beneficio de jubilación ni obra social

  5. Hola! Quisiera saber cuanto tengo que pagar a una empleada por trabajar 7 hs/dia, de lun a vier. Muchas gracias

    1. Maria Tareas Generales sin cuidado de personas mínimo 45368.- /200 por la cantidad de horas que trabaje en el mes, menos $233.- de los aportes que pagan las trabajadoras

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