Mujer mirando el logo de EconoBlog

Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico. Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal […]

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico.

Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal de Casas Particulares); y los Ministerios de Economía, Desarrollo Social y Trabajo.

En este primer Acuerdo Salarial del personal doméstico se acordó un incremento en los salarios del sector del 28% que se aplicará de las siguientes formas:

  • 1ero de septiembre de 2015: 21%.
  • 1ero de diciembre de 2015: 7%.

Es importante tener en cuenta que la segunda suba no es acumulativa. Es decir, ambos porcentajes se aplicarán sobre los valores vigentes al mes de agosto del corriente año.

La Escala Salarial 2015-2016 del Servicio Doméstico publicada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) es la siguiente:

Categoría Tareas Retribución en el mes de Por hora con retiro Por hora sin retiro Por mes con retiro Por mes sin retiro
Supervisor/a Coordinación y control de tareas realizadas por una o varios
personas.
Ago. $40 $44 $5.135 $5.720
Sep. $49 $54 $6.213 $6.922
Dic. $52 $57 $6.573 $7.322
Personal para tareas específicas Empleados contratados como cocinero o para desempeñar otra tarea
que requiere idoneidad.
Ago. $38 $42 $4.771 $5.311
Sep. $46 $51 $5.773 $6.427
Dic. $49 $54 $6.107 $6.798
Caseros Personal que desempeña tareas para el cuidado de una propiedad
en la cual habita con motivo del contrato de trabajo.
Ago. $36 $4.654
Sep. $44 $5.632
Dic. $46 $5.958
Asistencia y cuidado de personas Trabajadores que brindan asistencia y cuidado no terapéutico de
personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos.
Ago. $36 $40 $4.654 $5.187
Sep. $44 $49 $5.632 $6.277
Dic. $46 $52 $5.958 $6.640
Personal para tareas generales Personal que brinda servicio de limpieza, lavado, planchado,
mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del
hogar.
Ago. $33 $36 $4.186 $4.654
Sep. $40 $44 $5.065 $5.632
Dic. $43 $46 $5.358 $5.958

Cabe señalar que las negociaciones paritarias fueron celebradas conforme a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley 26.844. Hasta septiembre de 2014, las subas eran establecidas por la cartera laboral, la cual otorgó un 30% en su último aumento.

La Ley 26844 ha establecido una gran cantidad de beneficios a los trabajadores de Casas Particulares. Entre otras cosas, la misma se obliga a los empleadores a pagar una obra social y efectuar aportes jubilatorios de su personal. Dicha norma establece que le jornada de trabajo diaria no puede ser mayor a 9 horas y la semanal no puede superar las 48 horas.

En dicha ley se establece un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.

Además, en dicha norma se establece los siguientes conceptos para los empleados domésticos: preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.

Seguinos

3.055 comentarios en “Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico”

  1. Hola. Si la señora que trabaja en mi casa viene dos dias a la semana, cuatro horas cada dia…. debo pagar por hora? $46 la hora?
    Saludos y gracias

  2. Hola soy natalia hace 6años trabajo en casa de familia seria la 5 categoría tareas generales,
    Me pagan 2500 y trabajo de lunes a viernes 3 horas, 15 horas semanales….
    Esta bn el sueldo????
    Si estoy por mes me tienen q pagar vacaciones o solo se paga por hora?????
    Los aportes q me pagan son la obra social y jubilacion eso me lo descuentan del sueldo q me pagan????

  3. Hola, a una persona que trabaja 6 horas por semana (viene un par de veces a la semana) a la que le pago $50 la hora, le corresponde que le pague aguinaldo y vacaciones?

    1. Erica si corresponde aguinaldo y vacaciones, siempre teniendo en cuenta dias para el pago de ambos

  4. Buenas tardes. Tengo una empleada para tareas generales que trabaja 5 horas por dia de lunes a viernes, es decir 25 hs. semanales. Como le tengo que pagar?. Ella me exige que le pague $43 la hora porque eso dice la escala. Pero yo leo y encuentro quien dice que ese valor por hora se le paga a quien va un par de veces por semana y pocas horas en total. Que para otros casos como el mío, en donde no hay 8 horas diarias, se debe hacer un proporcional. Es decir, si para 48 horas semanales hay un sueldo con retiro de $5.358 entonces por 25 horas debería pagarle un sueldo de $2790?. Esto es correcto? o debo pagarle 25 horas x $43 = $1075 semanales lo que me da un sueldo de $4730 (teniendo en cuenta 22 dias habiles mensuales).

    Desde ya muchas gracias!

    Diego

    1. Diego en este caso el sueldo mínimo es $5368./200 por la cantidad de horas trabajadas, menos $233.- de los aportes que paga la trabajadora

      1. Graciela .. tengo la misma consulta que diego y no entiendo tu respuesta. Seria (5358/ 48 ) X 25? Este es el calculo correcto? No entiendo porque hablas de descontarle 233 ya que vos lo pagas y entiendo es extra su sueldo. Estos son los aportes

      2. Vero Para sacar un sueldo proporcional el calculo es SUELDO MINIMO /20 multiplicado por la cantidad de horas que trabaje en el mes. aportes pagan $498.- de los cuales $233.- (aportes obra social) paga la trabajadora, la diferencia la paga el empleador

  5. hola! Quisiera saber como debo confeccionar el recibo….se trata de una persona que trabaja de Lunes a Viernes con retiro (para cuidado de personas) de 8:00 a 12:30 hs.

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil