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Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico. Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal […]

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico.

Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal de Casas Particulares); y los Ministerios de Economía, Desarrollo Social y Trabajo.

En este primer Acuerdo Salarial del personal doméstico se acordó un incremento en los salarios del sector del 28% que se aplicará de las siguientes formas:

  • 1ero de septiembre de 2015: 21%.
  • 1ero de diciembre de 2015: 7%.

Es importante tener en cuenta que la segunda suba no es acumulativa. Es decir, ambos porcentajes se aplicarán sobre los valores vigentes al mes de agosto del corriente año.

La Escala Salarial 2015-2016 del Servicio Doméstico publicada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) es la siguiente:

Categoría Tareas Retribución en el mes de Por hora con retiro Por hora sin retiro Por mes con retiro Por mes sin retiro
Supervisor/a Coordinación y control de tareas realizadas por una o varios
personas.
Ago. $40 $44 $5.135 $5.720
Sep. $49 $54 $6.213 $6.922
Dic. $52 $57 $6.573 $7.322
Personal para tareas específicas Empleados contratados como cocinero o para desempeñar otra tarea
que requiere idoneidad.
Ago. $38 $42 $4.771 $5.311
Sep. $46 $51 $5.773 $6.427
Dic. $49 $54 $6.107 $6.798
Caseros Personal que desempeña tareas para el cuidado de una propiedad
en la cual habita con motivo del contrato de trabajo.
Ago. $36 $4.654
Sep. $44 $5.632
Dic. $46 $5.958
Asistencia y cuidado de personas Trabajadores que brindan asistencia y cuidado no terapéutico de
personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos.
Ago. $36 $40 $4.654 $5.187
Sep. $44 $49 $5.632 $6.277
Dic. $46 $52 $5.958 $6.640
Personal para tareas generales Personal que brinda servicio de limpieza, lavado, planchado,
mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del
hogar.
Ago. $33 $36 $4.186 $4.654
Sep. $40 $44 $5.065 $5.632
Dic. $43 $46 $5.358 $5.958

Cabe señalar que las negociaciones paritarias fueron celebradas conforme a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley 26.844. Hasta septiembre de 2014, las subas eran establecidas por la cartera laboral, la cual otorgó un 30% en su último aumento.

La Ley 26844 ha establecido una gran cantidad de beneficios a los trabajadores de Casas Particulares. Entre otras cosas, la misma se obliga a los empleadores a pagar una obra social y efectuar aportes jubilatorios de su personal. Dicha norma establece que le jornada de trabajo diaria no puede ser mayor a 9 horas y la semanal no puede superar las 48 horas.

En dicha ley se establece un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.

Además, en dicha norma se establece los siguientes conceptos para los empleados domésticos: preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.

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3.055 comentarios en “Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico”

  1. Buenos dias,
    mi emppleada trabaja 33 horas semanales,
    3 dias a la semana 7 horas y 2 dias a la semana 6 horas,
    cual seria el salario mensual que le corresponde?

    Y si se le paga semanal cobraria lo mismo? como se coloca en el recibo que se le paga semanal?
    y los aportes y ART deberian de descontarse del sueldo? o se pagan a parte del basico?

    Gracias

      1. ana

        sueldo minimo $5631.- /200 por la cantidad de horas que trabaje al mes o a la semana, vos le pagas como acordaron, si queres hacer 4 recibos podes hacerlo o le pagas semanalmente y le haces firmar un recibo común y le entregas uno al mes. De los aportes $498.- la trabajadora paga $233.- se lo descontas de su sueldo

      2. DECILE A TU PATRONA,Q NO LE VAS A TRABAJAR GRATIS,OBIO Q TE PERTENECE Y TAMBIEN Q TE PONGA EN BLANCO,Q LEA BIEN TODA LAS LEYES NUEVA ,SI NO ANDA AL MINISTERIO DE TRABAJO,,,,

  2. Tengo entendido que los valores horarios que figuran en la escala salarial corresponden al valor correspondiente a las horas complementarias, o sea a la hora laboral + el 50%, y no a la hora laboral, que según las leyes y reglamentos del trabajo se determinan dividiendo el Sueldo mensual en 200 horas que significan el mes de trabajo.- Al que trabaje menos de 200 horas mensuales le corresponde cobrar proporcionalmente al tiempo trabajado por el valor horario así determinado.- Todo lo contrario produce una inequidad insalvable entre el personal que trabaja por hora y el mensual.-

    1. Alberto

      El personal que trabaje todos los días de lunes a viernes 8 horas le corresponde el sueldo, la escala indica el MINIMO, si trabaja menos horas se cobra proporcional sueldo dividido 200 por la cantidad de horas. Ahora bien sino trabaja todos los días se le paga como MINIMO la escala dice $40.-. Actualmente estan cobrando mas que este MINIMO

      1. tengo entendido que los mínimos que figuran en la ley son por 8hs diarias pero de lunes a sabado o sea 48hs semanales (eso dice la ley)

      2. Santiago

        sábado después de las 13.00 se paga al 100% pero si va de lunes a viernes 8 horas ese es el minimo

    1. Norma

      Depende de cuanto cobre por ejemplo si cobra el mínimo es $5068./200 por 1.5 días hábiles o x 2 sábado a la tarde, domingos y feriados

  3. Dos preguntas: El personal sin retiro, ¿trabaja por hora?
    segundo: tengo una empleada en blanco, que yo le pago el 100% de los aportes previsionales que corresponden, Trabaja dos días a la semana, 4 horas por día quinta categoría.- Qué sueldo debo pagarle por mes?
    gracias

  4. hola, trabajo de niñera (cuido dos nenes) quisiera saber en que categoría estaría , cual sería el sueldo por mes.MUCHAS GRACIASSSSSSSSSSS

    1. monica

      la categoría es la cuarta, no decis las horas que trabajas pero por 8 diarias $ 5632.- y por hora $49.-

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