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Ley 25.929 de Parto Humanizado

El día de ayer, jueves 1ero de octubre de 2015, se efectuó la publicación del Decreto 2035/15 en el Boletín Oficial con la reglamentación de la Ley 25.929 de Parto Humanizado. En dicha normativa se establecen los derechos que poseen las mujeres de obtener información antes, durante y posterior al parto. De esta forma, entre otras cosas, ella puede elegir a la persona que quiere que esté a su lado en dicho importante momento y la posición en la cuál desea parir. La Ley de Parto Humanizado establece que el equipo de salud que intervenga en el parto tiene la obligación de informar a la mujer embarazada y a su grupo familiar las posibles intervenciones que pudieran llevarse a cabo […]

El día de ayer, jueves 1ero de octubre de 2015, se efectuó la publicación del Decreto 2035/15 en el Boletín Oficial con la reglamentación de la Ley 25.929 de Parto Humanizado. En dicha normativa se establecen los derechos que poseen las mujeres de obtener información antes, durante y posterior al parto. De esta forma, entre otras cosas, ella puede elegir a la persona que quiere que esté a su lado en dicho importante momento y la posición en la cuál desea parir.

La Ley de Parto Humanizado establece que el equipo de salud que intervenga en el parto tiene la obligación de informar a la mujer embarazada y a su grupo familiar las posibles intervenciones que pudieran llevarse a cabo a lo largo del embarazo, parto, trabajo de parto y puerperio. Esta información debe ser dada de manera comprensible y suficiente detallando los efectos, riesgos, cuidados y tratamientos.

La futura mamá tiene el derecho a elegir con total libertad y habiendo recibido la información necesaria, el lugar y la forma en la cual va a transitar su trabajo de parto y la vía de nacimiento. Además, como establece el inciso G del Artículo 2, ella puede seleccionar a la persona de su confianza que quiere que esté a su lado en los controles natales, el trabajo de parto, el parto y el posparto.

El acompañamiento también se podrá efectuar en los casos de cesárea. En los mismos, el titular de la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (CONSAVIG), Perla Prigoshin, ha indicado que no hay demostración científica de que una persona con el equipamiento correspondiente incremente el riesgo de infecciones.

Esta reglamentación también establece que los servicios de internación neonatal, aún en terapia intensiva, deberán permitir el acceso sin restricciones para la/s madre/s y/o el/los padre/s del/la recién nacido/a permitiendo el contacto físico.

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