La tramitación del cobro de haberes de un jubilado o pensionado fallecido puede ser realizada en cualquier delegación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) habiendo solicitado un turno previo por teléfono, al 130, o por Internet, en www.anses.gob.ar. En este artículo, el blog EconoBlog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir y los requisitos a cumplir para efectuar dicho trámite.
Los haberes devengados consisten en las jubilaciones y/o pensiones no cobradas por un jubilado y/o pensionado del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) sumándole el proporcional de aguinaldo correspondiente hasta la fecha de su muerte. Dicha solicitud debe ser efectuada dentro de los dos años de ocurrido la muerte.
Las personas habilitadas para solicitar el cobro de los haberes devengados son, en este orden, los parientes por consanguinidad en línea descendente (por ejemplo el hijo o nieto), ascendente (por ejemplo la madre o el padre), colateral (por ejemplo el hermano) o un tercero que no sea familiar pero que acredite haber afrontado los gastos de la última enfermedad del titular de la prestación.
El requisito para solicitar el cobro de los haberes devengados son que no existan herederos con derecho a cobrar la pensión que derive de la jubilación (derechohabientes).
Dicha tramitación debe ser realizada en cualquier oficina de ANSES. Para ello es necesario sacar un turno previamente, lo cual se puede realizar mediante el número de teléfono gratuito 130 o la sección «Turnos Online» de la página oficial del organismo previsional.
Por otro lado, recordemos que se encuentra completamente prohibido cobrar la jubilación y/o pensión de un fallecido. No importa que la persona que cobre la misma sea apoderado del titular del haber.
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hola quisiera hacer una consulta, mi abuela falleció el 20 de mayo de 2015 y le depositaron la jubilación el 21 de mayo, mi mamá era la apoderada y retiró el dinero de la cuenta (por desconocimiento, no de mala fe). Ahora el banco reclama el dinero, si se reintegra el dinero al banco ya que llamaron diciendo que harían acciones legales; se puede hacer el trámite por los 20 días de mayo y el sac proporcional?
Muchas gracias!!!
Silvana El dinero al banco tiene que devolverlo y luego hacer el tramite para cobrar haberes devengados
RAMONA. 31 DE AGOSTO. 2016
MI MADRE FALLECIÓ EL 19 DE MARZO. HAGO EL TRAMITE POR LOS HABERES DEVENGADOS DE UNA PENSIÓN DE MI PADRE CUYA FECHA DE PAGO EL ERA EL 23 DE MARZO Y DE SU JUBILACIÓN QUE ELLA COBRABA. AHORA EL ANSES ME PAGA $719 PESOS ¿ ES ASI LO QUE ME DEBEN RECONOCER?-
Mi mamá falleció el 15 de junio de este año, el dia 24 tenia que cobrar la jubilacion y la pension de mi papá mas aguinaldo,un total aprox de 14 mil. Averiguo en Anses por los haberes devengados y me dicen que tengo que ir con mis tres hermanos ( todos con documento y partida de nacimiento) más dos testigos.Y a la vez me informan que el monto que corresponde es de aprox poco mas de 2 mil pesos. Bueno mi duda es si esto es realmente asi…
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, x aheberes devengados nos quieren pagar solo $2400 de $9500 que es lo que hay que cobrar.
Nosotros podemos sacar con la tarjeta uno de los sueldos, a quien se lo van a reclamar si no tenia apoderados ella?
Desde ya muchas gracias!!!
Graciela mi madre fallecio el 20 de julio y ella tenia un juicio por cobrar la pencion de mi papa como le correspondia en este caso yo su apoderada debo reclamar algo o eso queda anulado
lucila si tenia un juicio anda a ver al abogado que lleva el juicio