La tramitación del cobro de haberes de un jubilado o pensionado fallecido puede ser realizada en cualquier delegación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) habiendo solicitado un turno previo por teléfono, al 130, o por Internet, en www.anses.gob.ar. En este artículo, el blog EconoBlog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir y los requisitos a cumplir para efectuar dicho trámite.
Los haberes devengados consisten en las jubilaciones y/o pensiones no cobradas por un jubilado y/o pensionado del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) sumándole el proporcional de aguinaldo correspondiente hasta la fecha de su muerte. Dicha solicitud debe ser efectuada dentro de los dos años de ocurrido la muerte.
Las personas habilitadas para solicitar el cobro de los haberes devengados son, en este orden, los parientes por consanguinidad en línea descendente (por ejemplo el hijo o nieto), ascendente (por ejemplo la madre o el padre), colateral (por ejemplo el hermano) o un tercero que no sea familiar pero que acredite haber afrontado los gastos de la última enfermedad del titular de la prestación.
El requisito para solicitar el cobro de los haberes devengados son que no existan herederos con derecho a cobrar la pensión que derive de la jubilación (derechohabientes).
Dicha tramitación debe ser realizada en cualquier oficina de ANSES. Para ello es necesario sacar un turno previamente, lo cual se puede realizar mediante el número de teléfono gratuito 130 o la sección «Turnos Online» de la página oficial del organismo previsional.
Por otro lado, recordemos que se encuentra completamente prohibido cobrar la jubilación y/o pensión de un fallecido. No importa que la persona que cobre la misma sea apoderado del titular del haber.
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Hola! Me asesore en oficina de anses, y ya tengo todos los formularios completos. Los requisitos del tramite incluyen certificacion de documentos y firma tanto del solicitante, como hermanos u otros parientes, y dos testigos…Yo tengo un solo hermano al que no logro contactar para que firme formulario certificado por autoridad competente….Como se procede en un caso así? Yo fui apoderada de mi madre, quien desgraciadamente falleció hace 20 meses. Gracias desde ya por su respuesta.
Una pregunta mi madre inicio su jubilación y falleció en él año 2010 y no llegó ah cobrar ni mi padre xq no sabía ahora m padre falleció ASE dos años. . puedo reclamar oh quedaría así . .gracias
Mis padres fallecieron los dos en un termino de 20 días. Mi hermano cobró las jubilaciones de los dos después de fallecidos. Me enteré por casualidad. Que puedo hacer?
Ana Maria Debe devolver el dinero, ya que seguramente el banco va a pedir el reintegro cuando ANSES se lo reclame
mi mamá hizo los papeles para cobrar el sueldo de mi abuela qué murió hace tres meses ella inicio los trámites en julio y no cobra todavía
Hola. Consulta. Mi padre falleció hace 5 años y quisiera saber como es el tema de los juicios de los jubilados al anses. Si tengo derecho a cobrar dicho juicio. El de júbilo en el año 2000. Y como tengo que hacer para empezar dicho trámite. Gracias
Miguel tu papa inicio un juicio??