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Ingresos Brutos -Régimen Simplificado se podrá pagar online

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Capital Federal,  AGIP, pone en marcha el pago online para los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El comunicado aclara que:  «El trámite podrá ser realizado para la posición correspondiente al vencimiento del mes en curso a través de las redes Pago mis Cuentas (Banelco) y Link Pagos. Para ello deberá anteponer el código 040 al número de CUIT, sin guiones». La cancelación mensual podrá hacerse a través de las redes Pago mis Cuentas y Link, los Ingresos Brutos para el Régimen Simplificado de la Capital Federal con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, Mauricio Macri suma el pago online. Además, […]

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Capital Federal,  AGIP, pone en marcha el pago online para los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El comunicado aclara que:  «El trámite podrá ser realizado para la posición correspondiente al vencimiento del mes en curso a través de las redes Pago mis Cuentas (Banelco) y Link Pagos. Para ello deberá anteponer el código 040 al número de CUIT, sin guiones».

La cancelación mensual podrá hacerse a través de las redes Pago mis Cuentas y Link, los Ingresos Brutos para el Régimen Simplificado de la Capital Federal con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, Mauricio Macri suma el pago online.

Además, el día 25 de septiembre vence el plazo para obtener la «Clave Fiscal». Según el marco legal, los representantes de las personas jurídicas deben obligatoriamente realizar el trámite en forma presencial ante el organismo de recaudación.

Los responsables de las compañías que figuren como contribuyentes locales en el  Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán concurrir para solicitar la clave de acuerdo al dígito verificador del número de CUIT:

Terminación de CUIT

Fecha que debe concurrir

0 – 1

desde el 24 al 28 de agosto

2 – 3

desde el 31 de agosto al 4 de septiembre

4 – 5

desde el 7 al 11 de septiembre

6 – 7

desde el 14 al 18 de septiembre

8 – 9

desde el 21 al 25 de septiembre

De acuerdo al marco normativo, la nueva clave fiscal porteña «será obligatoria para la identificación de los contribuyentes en Ingresos Brutos registrados ante la base de datos de la Dirección General de Rentas”.

Respecto a la presentación de las declaraciones juradas impositivas, la norma fija que el trámite “se realizará exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página Web de la AGIP, siendo imprescindible la utilización de la Clave Ciudad”.

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