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ANSES: ¿Hasta cuándo puedo presentar el certificado de escolaridad de Ayuda Escolar?

Los empleados en relación de dependencia y los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) tienen tiempo de presentar el certificado de escolaridad de la Ayuda Escolar Anual hasta el lunes 30 de noviembre de 2015. Para efectuar este trámite, el beneficiario debe imprimir el Formulario 2.68, hacerlo firmar en el colegio y sacar un turno en ANSES por Internet (www.anses.gob.ar) o por teléfono (130). Un requisito para cobrar la Ayuda Escolar, que actualmente es de $900, es presentar la acreditación escolar en ANSES. Dicho trámite debe ser efectuado una vez por año antes del 30 de noviembre para demostrar que el hijo menor de 18 años de edad es un alumno regular en una entidad educativa reconocida por […]

Los empleados en relación de dependencia y los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) tienen tiempo de presentar el certificado de escolaridad de la Ayuda Escolar Anual hasta el lunes 30 de noviembre de 2015. Para efectuar este trámite, el beneficiario debe imprimir el Formulario 2.68, hacerlo firmar en el colegio y sacar un turno en ANSES por Internet (www.anses.gob.ar) o por teléfono (130).

Un requisito para cobrar la Ayuda Escolar, que actualmente es de $900, es presentar la acreditación escolar en ANSES. Dicho trámite debe ser efectuado una vez por año antes del 30 de noviembre para demostrar que el hijo menor de 18 años de edad es un alumno regular en una entidad educativa reconocida por el Ministerio de Educación.

Las personas que deseen bajar el formulario de la acreditación escolar deben ingresar AQUÍ y completar los datos requeridos por el sistema. Luego es necesario solicitar un turno en ANSES comunicándose con el número de teléfono 130 o por Internet siguiendo estos pasos:

  • Ingresar en www.anses.gob.ar.
  • Pulsar en «Turnos Online», «Solicitar turno» y «Ayuda Escolar Anual – Presentación Formulario PS 2.68».
  • Escribir el número de CUIL del padre, madre o tutor y de los menores; copiar el código de verificación; y presionar «Continuar».
  • Ingresar un número de teléfono y dirección de e-mail de contacto.
  • Elegir la oficina, la fecha y el horario deseado.

Es importante tener en cuenta que nos e realizan pagos retroactivos de la Ayuda Escolar. Por lo cual, en caso de no cobrarla, dicha Asignación Familiar se pierde.

Como EconoBlog.com.ar informó, a partir del lunes, las escuelas tienen la oportunidad de presentar la certificación de escolaridad evitando a los padres de los alumnos realizar este trámite. Para ello, los colegios deben solicitar la Clave de la Seguridad Social Corporativa (CSSC).

Si bien las entidades educativas pueden cumplir con este requisito, es aconsejable que los padres consulten si se ha realizado y, en caso afirmativo, pedir la constancia que lo demuestra.

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251 comentarios en “ANSES: ¿Hasta cuándo puedo presentar el certificado de escolaridad de Ayuda Escolar?”

    1. Juan, por el momento no hay fecha de cobro de la Ayuda Escolar 2016. Por lo general, ANSES paga esta Asignación en marzo.

    1. Verónica, por el momento, ANSES no anunció la fecha de cobro de la Ayuda Escolar 2016. Por lo general se paga en el mes de marzo.

  1. Hola quería hacer una consulta ..mi marido esta en blanco..yo presente el formulario el año pasado y me pagaron la ayuda escolar ..este año cuándo tendría q presentar de nuevo.??

    1. Sandra no se porque lo preguntas? poder podes durante todo el año no lo presentaste el año pasado?

  2. Hola queria consultar usted sabe si el pago de la ayuda escolar es automatico como el año pasado o hay q entregar primero la libreta

    1. gisella Generalmente la pagan con los datos cargados del año anterior, no quita que TODOS los años hay que presentar documentación acreditando escolaridad

      1. Hola yo cobro la asignacion universal el año pasado presente la libreta pero no presente el certificado para la ayuda escolar xq no sabia,entonces no me pagaran la ayuda escolar?

      2. Lorena si presentaste la libreta completa parte educacional si te lo van a pagar no se presentan ambas, salvo que ANSES lo pida

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