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¿Cuántos días de vacaciones corresponden al Servicio Doméstico?

La Ley N° 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares ha permitido a los empleados domésticos acceder a iguales derechos que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla cuántos días de vacaciones corresponden al Servicio Doméstico que cuenten con una antigüedad mayor a 6 meses. La cantidad de días de vacaciones del servicio doméstico varía en base a la antigüedad de la relación laboral. Un requisito para acceder a este beneficio es que el trabajador de Casas Particulares tenga por lo menos seis meses en su empleo. La antigüedad que se tiene en cuenta para el otorgamiento de esta licencia anual es la que el […]

La Ley N° 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares ha permitido a los empleados domésticos acceder a iguales derechos que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla cuántos días de vacaciones corresponden al Servicio Doméstico que cuenten con una antigüedad mayor a 6 meses.

La cantidad de días de vacaciones del servicio doméstico varía en base a la antigüedad de la relación laboral. Un requisito para acceder a este beneficio es que el trabajador de Casas Particulares tenga por lo menos seis meses en su empleo.

La antigüedad que se tiene en cuenta para el otorgamiento de esta licencia anual es la que el empleado tenga al 31 de diciembre del año al que corresponden las mismas.

La lista de los días de vacaciones que le corresponden a los empleados domésticos es la siguiente:

Antigüedad Días corridos de vacaciones
Mayor a 6 meses y no exceder los 5 años 14
Mayor a 5 años y no exceder los 10 años 21
Mayor a 10 años y no exceder los 20 años 28
Mayor a 20 años 35

En caso de haber prestado servicios por menos de 6 meses, se debe otorgar un descanso anual equivalente a un día por cada 20 días trabajados efectivamente. Los mismos tendrán que ser gozados en días corridos.

El empleado puede solicitar que este descanso anual sea fraccionado siempre y cuando se garantice un período continuo de vacaciones no inferior a 2/3 partes de lo que corresponda a su antigüedad.

Al igual que ocurre con los empleados en relación de dependencia, el inicio de las vacaciones debe ser un día lunes o del primer día semanal de trabajo habitual, o el subsiguiente hábil si fueran feriados. Las fecha de las mismas serán fijadas por el empleador entre el 1ero de noviembre y el 30 de marzo de cada año.

La liquidación de las vacaciones se efectuará sin un plus como ocurre con los empelados comprendidos por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Para el caso del personal sin retiro se debe pagar una suma extra que será fijada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y/o el convenio colectivo de trabajo que no puede ser menor al 30% del sueldo percibido durante esta licencia.

El pago de las vacaciones se tiene que realizar antes del comienzo de las mismas.

En caso de no recibir una comunicación de cuándo iniciarán sus vacaciones antes de 20 días de comenzado la época de goce de las mismas, el empleado doméstico tiene derecho a tomarse las mismas enviando previamente una notificación fehaciente. Dicha licencia debe finalizar antes del 31 de mayo.

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130 comentarios en “¿Cuántos días de vacaciones corresponden al Servicio Doméstico?”

  1. Hola yo ACE dos años que estoy y tuve una ves sola de vacaciones y emcima me la dieron en diciembre y a mí no me sirvió por qué fue en las fiestas

  2. Hola yo trabajo 15×15 y aveces unos dias más. Ahora estoy suspendida por el covid_19 llevo dos años con contrato
    Tengo derecho a vacaciones?
    Gracias

  3. Hola!
    En noviembre de 2019 me quede sin trabajo el despido fue por un mensaje de whatsapp y en marzo de 2020 me entere que mi empleador me dio de baja en la AFIP en abril de 2019 . Me aportaron solo 3 años de los 8 que trabaje, queria saber como puedo hacer para reclamar y si me corresponde indemnizacion o no.

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