El lunes, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, informó que los contribuyentes que no sean alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales podrán solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar o compras con tarjetas en el exterior. En este artículo, EconoBlog detalla los pasos que se deben seguir para efectuar dicho trámite por Internet mediante www.afip.gob.ar.
Hasta este momento, muchas personas no tenían la oportunidad de solicitar la devolución de las percepciones que se les han aplicado por la compra de dólar ahorro / turista y compras con tarjetas de crédito y de débito en comercios del exterior. Este es el caso de los contribuyentes inscriptos en el Monotributo y personas que no sabían cómo hacer el trámite por no conocer los pasos que tenían que seguir.
De ahora en más ellos pueden hacerlo y recibir dicho dinero este mismo mes.
Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones practicadas por operaciones con moneda extranjera son no estar inscripto en Ganancias ni en Bienes Personales; y tener Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3.
En caso de no tener CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) es necesario presentarse en la oficina de AFIP correspondiente a la jurisdicción y presentar el Formulario F.460/F por duplicado, DNI (Documento Nacional de Identidad) y dos constancias del domicilio fiscal que se declara. En dicha delegación se registrarán los datos biométricos y se le entregará una Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 provisoria, la cual tendrá que ser posteriormente aceptada siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.
Para solicitar la devolución de las percepciones por compra de dólares y compras con tarjetas en el exterior se debe registrar la Clave Bancaria Uniforme (CBU), dónde, en caso de corresponder, se transferirá el monto. Para ello es necesario:
- Entrar al sitio www.afip.gob.ar.
- Pulsar en «Acceso con Clave Fiscal» e ingresar el número de CUIT y la Clave Fiscal.
- Pulsar en el servicio «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social».
Luego, el usuario debe ingresar la solicitud siguiendo esta guía:
- Acceder a «Mis Aplicaciones Web».
- Completar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) completando los siguientes campos:
- Organismo: AFIP.
- Tipo Formulario: Declaración Jurada.
- Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias.
- Versión: Seleccionar la vigente.
- Período Fiscal: Indicar el período por el cual se solicita la devolución con el formato AAAAMM (Años mes).
En caso de que no hayan percepciones registradas en el sistema se podrán agregar pulsando el botón «Agregar percepción». El sistema requerirá que se indique el origen, tarjeta, fecha de pago del resumen y/o liquidación/fecha de débito, y monto de la percepción.
Un dato a tener en cuenta es que, en caso de que no estén habilitados los servicios, se tienen que habilitar por medio de la opción «Administrador de relaciones de clave fiscal».
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Estoy en relación de dependencia, no pago impuesto a las ganancias, mis percepciones ascienden a 36000 durante año 2015 hasta cuando puedo puedo solicitar reintegro.
Roxana Eso depende de cuanto ganas?? tene en cuenta que los gastos los vas a tener que justificar con tus ingresos
Muy buenos días. Mi marido estaba sujeto a ganancias pero quedó exento por el Decreto 1242/13. Para la devolución de las percepciones anteriores al decreto, mientras pagaba ganacias, qué formulario tiene que presentar? Y para las posteriores, cuando ya quedó exento? Muchas gracias!!!!
Alejandra fijate si tenia que presentar declaración de ganancias
http://www.econoblog.com.ar/37320/afip-trabajadores-en-relacion-de-dependencia-obligados-a-presentar-ganancias-y-bienes-personales/#more-37320
Hola buenas noches hago una consulta ya realice los tramites en afip para devolución del año 2014,cuando llego a la pagina me sale error de validación debido a que sale que verifico que poseo retenciones del impuesto a las ganancias.En 2014 marzo me despidieron de mi trabajo y desde allí no me retuvieron mas ya que cobro un sueldo inferior …..que tengo que hacer …??? Muchas gracias
buenas tardes, hice la consulta desde mis retenciones en la pagina de la afip y me figuran percepciones y retenciones para los años 2013 2014 y 2015. Pude solamente presentar el formulario 746A para el año 2014 pero para el 2013 me indica la leyenda «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica…» Yo estoy dentro del grupo que quedó excento de pagar ganancias por el decreto de agosto 2013, pero en ese año tengo operaciones en el exterior, compra de paquete turístico y aereos, etc. porqué no puedo presentar el formulario? qué debería hacer? Es otro formulario? Muchas gracias. Leandro
Leandro fijate si estas dentro de los que tenes o tenias que presentar DDJJ de ganancias, si es así tenes que pedir reintegro con el saldo a favor de dicha DDJJ si la presentaste tenes que hacer una rectificativa
http://www.econoblog.com.ar/37320/afip-trabajadores-en-relacion-de-dependencia-obligados-a-presentar-ganancias-y-bienes-personales/#more-37320
Antes del decreto que eximia de ganancias a los sueldos inferiores a 15.000 me retuvieron el impuesto y no presente la DDJJ. Al querer ingresar la solicitud de devolución de retenciones no me permite. Como tengo que solicitar estas devoluciones? Durante 2015 continue exento……..tengo q presentar igual el f 572? Gracias
Julia Fijate si tenias que presentar DDJJ de Ganancias en ese año que tenes que pedir la devolución , si debías y no lo hiciste presentala si la presentaste hace una reticficativa