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AFIP: Pasos para reclamar devolución de percepciones por compras con tarjetas de crédito

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente habilitó un sistema que permite a todas las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales reclamar una devolución de percepciones que le aplicaron por compras con tarjetas de crédito y/o compra de dólares. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos a seguir para hacer el trámite por www.afip.gov.ar. Las percepciones del 20% por compra de dólar ahorro y del 35% por compra de dólar turista y compras en el exterior con tarjetas de crédito y/o de débito pueden utilizar dicho dinero como un pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. En caso de no estar alcanzado por dicho tributo, por ejemplo por […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente habilitó un sistema que permite a todas las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales reclamar una devolución de percepciones que le aplicaron por compras con tarjetas de crédito y/o compra de dólares. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos a seguir para hacer el trámite por www.afip.gov.ar.

Las percepciones del 20% por compra de dólar ahorro y del 35% por compra de dólar turista y compras en el exterior con tarjetas de crédito y/o de débito pueden utilizar dicho dinero como un pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. En caso de no estar alcanzado por dicho tributo, por ejemplo por ser monotributista, es posible solicitar una devolución a AFIP por Internet.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones por operaciones en dólares son:

Tener número de CUIT. Dicha clave se puede tramitar en la oficina del organismo a cargo de Alberto Abad correspondiente a la jurisdicción presentando el Formulario 460/F por duplicado, Documento Nacional de Identidad y dos dos constancias del domicilio fiscal declarado.

Tener Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3. Para elevar la seguridad de la contraseña se deben registrar los datos biométricos en una oficina de AFIP.

Los pasos a seguir para solicitar devolución de percepciones por compras con tarjetas de crédito en AFIP son los siguientes:

  • Ingresar en la página oficial del organismo recaudador, cuya dirección web es www.afip.gov.ar.
  • Presionar en «Acceso con Clave Fiscal».
  • Introducir el número de CUIT.
  • Hacer clic en «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social» y completar el formulario correspondiente. Si no está habilitado, el servicio puede ser dado de alta mediante «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
  • Entrar en el servicio «Mis Aplicaciones Web».
  • Pulsar el botón «Nuevo».
  • Seleccionar la siguiente información:
    • Organismo: AFIP.
    • Tipo Formulario: Declaración Jurada.
    • Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias.
    • Versión: Seleccionar la vigente.
    • Período Fiscal: Ingresar el período por el que se solicita la devolución con el formato AAAAMM.
  • El sistema mostrará un detalle de todas las percepciones que están registradas en el sistema Mis Retenciones para el período indicado. Se tiene que tildar la deseada.
  • Si se desea agregar una percepción no registrada en la base de datos se tiene que pulsar «Agregar percepción» e indicar: origen, tarjeta, fecha de pago del resumen y/o liquidación / Fecha de débito, y monto.
  • Presionar «Grabar».
  • Para efectuar la presentación se debe pulsar «Presentar».

Una vez ingresada la solicitud, se analizará analizará el caso y, de corresponder, hará la devolución de la retención a la cuenta bancaria indicada. Según informó Alberto Abad, dicho reintegro se efectuará este mismo mes.

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156 comentarios en “AFIP: Pasos para reclamar devolución de percepciones por compras con tarjetas de crédito”

  1. Estimados buen dia, queria realizar una consulta:

    Como es el procedimiento para recuperar las percepciones que se me realizaron antes del 2015, ya que los periodos anteriores no pude realizar el tramite. Siempre estuve en relacion de dependencia, por lo tanto este año lo haré a travez del siradig, pero me quedaron pendiente percepciones de años anteriores.

    Desde ya muchas gracia

  2. Hola, consulta: intento cargar una percepción (ya que no figuraba ninguna) y al poner «grabar» me sale la siguiente leyenda
    «La fecha de débito ó de factura / documento equivalente consignada [15/09/2015] debe estar comprendida dentro del período fiscal de la DJ»

    A que se puede deber??? Gracias por la ayuda y el aporte!!

  3. SI CONSULTO MIS DATOS BIOMETRICOS Y ESTAN TODOS OK. PORQUE CUANDO QUIERO CARGAR EL 746/A ME SALE LO DEL ART.2 DE LA RG 3420 ?

    1. Carolina Verifica de tener CUIT y no CUIL sacando una Constancia de Inscripción y ver si te corresponde presentar el 746 o tenes que pedir el reintegro de otra manera, (presentado DDJJ o formulario 572) de tener el domicilio electrónico cargado, etc

      1. Graciela, me sucede lo mismo. Tengo CUIT, clave fiscal 3, CBU y datos biometricos cargados.
        Me salta el error «Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio».

        No entiendo tu rta sobre verificar si tengo CUIT o CUIL. Segun la web es «CUIT» a pesar que es el mismo numero de CUIL del ANSES. Trato de sacar una constancia de CUIT en la afip, con mi numero y me indica «la clave ingesada no es un CUIT»….
        Estara ahi el error?, de todas maneras cuando saque mi clave fiscal, ellos comenzaron a tomar mi CUIL como CUIT.

        Nunca me retuvieron ganancias, ya que no entro dentro de los rangos…, por lo que esta seria la forma para recuperar lo retenido…. Hay manera de cerciorarme que sea por este medio la manera correcta para mi caso?

      2. Julieta si salta que no es CUIT tenes que ir a la AFIP o centros a tramitar el CUIT, y tenes razón el CUIL es el mismo que CUIT pero ahora exigen CUIT estamos por hacer un articulo en algunos shoppings lo podes hacer todos los días inclusive sabados y domingos

      3. Si el CUIL es el mismo que el CUIT, para que complicar a la gente a tener que hacer colas y perder horas en una AFIP. No serìa mas sencillo tomar al CUIL como CUIT

    2. Carolina, lo mismo le paso a mi vieja, y a pesar de tener sus datos biométricos y tener clave fiscal nivel 3, cuando ella hizo el trámite de los datos biométricos no hacen el cambio de cuil a cuit, y entonces cuando haces la consulta si tenes cuil o cuit, fijate si te aparece que «no es cuit», en consecuencia tendrás que presentar de nuevo el F-460/F.
      Pero como eso recién vas a poder hacerlo a partir de mayo, para que te devuelvan el año q viene recién.

  4. Una persona que cobró en 2015 seguro de desempleo, tiene que presentar el SIRADIG y el 746/A o solamente el 746/A?

    Idem para un empleado al que no le retienen ganancias porque su sueldo es bajo

    Gracias

  5. Hola, qué tal?
    Estoy en la misma que Diego. Mismo problema. Será el CUIT? Datos biometricos OK, clave nivel 3, CBU recién dado de alta. Cómo sé si lo tengo dado de alta al CUIT?

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