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AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril. Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril.

Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual debe ser completado siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones en AFIP son los siguientes:

  • No pagar Ganancias ni Bienes Personales.
  • Tener número de CUIT.
  • Contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, lo cual requiere que la persona realice la carga de datos biométricos en la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción.

Muchos de nuestros lectores nos han hecho saber que al momento de realizar la carga de datos y presentación del F.476/A reciben el siguiente error:

0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.

La causa de este error al presentar al solicitud es que no es posible reclamar la devolución de percepciones de 2015. Los datos pueden ser cargados pero se estarán a la espera de que se produzca el vencimiento general de Ganancias, lo cual ocurre en el mes de abril.

Por lo cual, por el momento, el sistema sólo se pueden presentar solicitudes de hasta 2014.

Por otro lado, recordamos que los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que paguen Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 31 de diciembre de 2016 para efectuar la carga de deducciones. Para ello se debe presentar el Formulario 572 Web mediante el SiRADIG como se detalla ACÁ.

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400 comentarios en “AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015”

  1. Buenas, Mi papa es jubilado y paga ganancias, siendo jubilado compro u$$ durante el 2015 y aun hoy 17/05/2016 no le devolvieron nada. Durante el 2015 presento y rectifico el f572 web y cargo todas las percepciones. Tienen idea cuando le van a devolver las percepciones? muchas gracias

  2. Buenas, a mi me aparecía esto:
    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [23-03-2016]

    Resultado de la consulta a los controles de Fiscalizacion [N-B1]
    Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. presentó F. 572 web computando percepciones correspondientes al mismo régimen al que se refiere la presente solicitud de devolución. Por lo expuesto, la misma se encuentra en proceso de verificación en el área de devoluciones correspondiente a su jurisdicción. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

    y ahora

    desde hoy me aparece APROBADO devolución en cuotas

    1. hola Gimena!! yo hace dos meses que estoy con los controles de fiscalizacion y aun no obtuve respuesta.. me trabaron el resto de las devoluciones de ese año x este tema.. cuanto tiempo tardaron en aprobarte la devolucion?? desde marzo esta el estado de control y se va actualizando periodicamente la fecha pero nada..

    2. a mi me aparece igual con respecto a percepciones del 2014 cuyo f746 fue cargado en julio 2015…debo esperar entonces? gracias

    1. Ana, no. Recién se va a poder presentar la solicitud de devolución de percepciones de 2015 cuando venza Ganancias este mes (después del 20 de mayo).

      1. hola quisiera saber cuando voy a cobrar lo retenido de ala asignacion si yo entrege hoy el formulario

      2. Gisela, ANSES tarda entre 2 y 6 meses en realizar el depósito. Sin embargo, a partir de los 90 días podés ingresar un reclamo.

      3. Hola! yo soy trabajadora en relacion de dependencia y no pago ganancias..a partir del 20 de mayo podré presentar los formularios para devolución de percepciones del 2015? Gracias!

      4. Belén, el viernes 20 de mayo de 2016 vence Ganancias. Teóricamente, la solicitud de percepciones de 2016 se va a poder ingresar desde el sábado 21.

  3. Hola, alguien me podria decir que significa esta leyenda. Muchas gracias. Saludos

    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [13-05-2016]

    Resultado de la consulta a los controles de Fiscalizacion [N-D1]

  4. Hola buenas soy uno de los que tenían más de un formulario cargado en el mismo período 572 y 746. Ayer la leyenda de fiscalización electrónica cambió y ahora sigue diciendo en trámite pero más abajo dice: «Resultado de la consulta a los controles de fiscalización [N-D1]». Qué significa eso?

    1. me aparece el mismo mensaje. alguna novedad? mi situacion fue la misma que la tuya. averiguaste algo?

    2. hola, recién entro a AFIP y estoy en la misma situación Exactamente la misma que vos, solo a la espera que fiscalicen y me digan cuando me devuelven el 2014.Seguro que se corroboro que no me devolvió mi empleador por F572WEB.

    3. Esta claro que buscan cualquier excusa para no pagar… la realidad que el 572 no tiene nada que ver con el 746, el 572 es algo para el empleador pero bueno aprovecharon la excusa para no pagar nada. El cambio es eso, por lo menos estos te ponen una frase que no sabes ni que es pero asi estamos mas contentos… Seguramente a los chacareros le aparece lo mismo jejej

      1. error!!! Marcos si no sabes hacer el tramite el que busca excusas para hecharle la culpa a otro sos vos. yo cobre y ahora espero y hago el tramite correcto para las percepciones del 2015 cuando y como corresponde.
        Por las dudas no le hagas el tramite a ningun chacarero jajajaja!!!

      2. Hola! quiero cargar hoy 01/06 cargue lo del 2015 en el F/746A y me lo deja como borrador…. cuando lo puedo presentar? se podía solamente en abril o mayo?

      3. Lucas despues del 30 de junio cuando vence la presentación de la DDJJ de ganancias simplificada, para trabajadores en relación de dependencia fijate si tenes o no que presentarla

      4. hasta despues del 30 de junio estaran en borrador , se supone que el 1/7 , ya se podran presentar

      5. Yo hice el trámite durante el gobierno anterior, siguiendo consejos de diarios y otras publicaciones, donde escribían contadores «renombrados» (no había nada oficial), Presenté hace año y medio: F746/A, informé igualmente por SIRADIG, según recomendaban y presenté en tiempo y forma DDJJ Ganancias y Bienes Personales. Ante mi reclamo de pronto despacho en 2015, los muchachos de la AFIP me dijeron que tenía que presentar el F.746 por el Siap, dado que yo estaba obligado a presentar DJ Ganancias y, por lo tanto, debía solicitar en un solo reclamo la devolución del saldo a favor 2014 y no mes a mes (como se hace con el F.746/A).
        Hoy está está en: Fiscalizacion [N-D1]

        Es patético lo de AFIP…ya que sí le devolvieron a empleados en relación de dependencia que nunca presentaron DDJJ Ganancias y Bs personales (estando obligados a hacerlo) y que comenzaron con el reclamo este año. Sin priorizar a aquel que primero hizo el tramite y cumplió con sus obligaciones fiscales.

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