La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril.
Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual debe ser completado siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.
Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones en AFIP son los siguientes:
- No pagar Ganancias ni Bienes Personales.
- Tener número de CUIT.
- Contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, lo cual requiere que la persona realice la carga de datos biométricos en la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción.
Muchos de nuestros lectores nos han hecho saber que al momento de realizar la carga de datos y presentación del F.476/A reciben el siguiente error:
0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.
La causa de este error al presentar al solicitud es que no es posible reclamar la devolución de percepciones de 2015. Los datos pueden ser cargados pero se estarán a la espera de que se produzca el vencimiento general de Ganancias, lo cual ocurre en el mes de abril.
Por lo cual, por el momento, el sistema sólo se pueden presentar solicitudes de hasta 2014.
Por otro lado, recordamos que los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que paguen Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 31 de diciembre de 2016 para efectuar la carga de deducciones. Para ello se debe presentar el Formulario 572 Web mediante el SiRADIG como se detalla ACÁ.
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Hola, alguien me puede ayudar a interpretar esto:
Estimado ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolucion de percepciones -periodos 2012 a 2014- tenga en cuenta que:
-El total solicitado para el periodo (2014),supera lo disponible en mis retenciones (372,57).
Una vez solucionado el inconveniente detectado, usted se encontrara en condiciones de cobrar la devolucion de las percepciones en la proxima cuota correspondiente.
Dejo aclarado que no supero el monto maximo establecido de $6000, que debo hacer?, se encuentra en tramite desde febrero 2016.
Gracias y espero x sus comentarios.
por favor me podría decir si una persona que no posee CBU puede utilizar el de un familiar? poruqe intente darle mi CBU a mi hijo y luego de cargado dice que esta pendiente de verificar con la entidad bancaria. muchas gracias.
SERGIO Seguramente la AFIP va a revisar el estado tributario tuyo antes de depositar
A un cliente le salio esto
ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [10-06-2016]
Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:
Resultado de la consulta a los controles de Fiscalizacion [N-26]
Ud. no registra presentación de DDJJ del Impuesto sobre los Bienes Personales. Conforme las bases de datos de este Organismo, posee bienes registrables que superarían los parámetros según los cuales sería sujeto obligado de dicho impuesto. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
Una vez solucionados los inconvenientes detectados, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible
Debo presentar Bienes Personales ????
juan año 2012 y 2014 si tus ingresos superaban los 144.000 tenias que haber presentado DDJJ informativa de Bienes personales
http://www.econoblog.com.ar/37320/afip-trabajadores-en-relacion-de-dependencia-obligados-a-presentar-ganancias-y-bienes-personales/
Es un monotributistas que puede estar pasando le delvolvieron de otros periodos del 2014
Hola, qué significa este mensaje?
Está faltando algo?
Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. presentó F. 572 web computando percepciones correspondientes al mismo régimen al que se refiere la presente solicitud de devolución. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
Gabriel Anibal, AFIP está revisando que no te haya efectuado la devolución tu empleador. Tenés que esperar a que se resuelva.
yo tengo pendiente una parte del reclamo de 2014, pero sigue en BORRADOR…hasta cuando tengo que esperar…? en mayo ya cobré una parte.
Gracias!
si dice borrador significa q no lo enviaste
intento enviarlo pero no encuentro la opción o forma…me podrían explicar?
gracias!
Grace, tenés que editar el borrador y pulsar el botón «Presentar».