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AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril. Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril.

Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual debe ser completado siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones en AFIP son los siguientes:

  • No pagar Ganancias ni Bienes Personales.
  • Tener número de CUIT.
  • Contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, lo cual requiere que la persona realice la carga de datos biométricos en la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción.

Muchos de nuestros lectores nos han hecho saber que al momento de realizar la carga de datos y presentación del F.476/A reciben el siguiente error:

0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.

La causa de este error al presentar al solicitud es que no es posible reclamar la devolución de percepciones de 2015. Los datos pueden ser cargados pero se estarán a la espera de que se produzca el vencimiento general de Ganancias, lo cual ocurre en el mes de abril.

Por lo cual, por el momento, el sistema sólo se pueden presentar solicitudes de hasta 2014.

Por otro lado, recordamos que los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que paguen Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 31 de diciembre de 2016 para efectuar la carga de deducciones. Para ello se debe presentar el Formulario 572 Web mediante el SiRADIG como se detalla ACÁ.

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400 comentarios en “AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015”

  1. Buenas, aporto mi situacion que por lo que veo es igual a la de muchos… para el año 2015 me dicen «Ud. registra consumos con tarjetas de crédito/débito que superan sus ingresos declarados en el período 2015.» y para el año 2014 «Ud. ha solicitado en devolución percepciones que no están acorde a su nivel de ingresos declarados en el período 2014.»… Cual es mi situacion? en el año 2014 renuncie a mi empleo en Argentina porque consegui uno en Brasil. Por ende deje de tener ingresos en Argentina y pase a tenerlos en Brasil, en el año 2015 hice la delcaracion de ganancias y bienes personales por todo el año 2014 (ya que en su momento me la pedian para devolverme el 20% y 35%) y tambien hice la declaracion de ganancia y bienes en Brasil (imposto a renda da receita federal), ahora en el año 2016 presente solo en Brasil la declaracion por todo el año 2015. Hasta donde tengo entendido existe un acuerdo entre Argentina y Brasil ….para evitar el doble tributo ya que sino pagaria impuesto en Argentina y Brasil… colorin colorado, supuestamente la AFIP sabe todo pero por lo visto aun no sabe que trabajo en Brasil…. en Brasil la declaracion es infinitamente mas facil de hecho para la primera me ayudaron a realizarla y la segunda la hice solo y para rematarla me devolvieron impuestos por el año 2014 y ahora en Agosto me devuelve por el año 2015. Argentina me tiene podrido.

  2. Las e 2014 las tengo en proceso de devolucion pero las del 2015 dice que conforme las bases de datos del organismo he solicitado devolucion de percepcion que no estan acorde a su nibel de ingresos declarados en el periodo 2015, y que la solicitud e encuentra en proceso de verificacion.
    Dichas percepciones son de un viaje comprado con anticipacion para enero 2016 y que todavia estoy pagando en cuotas.

  3. Uf, ya no entiendo nada ahora me cambiaron el mensaje pero sigo esperando la devolución del 2014!!! Llevo 8 meses de verificaciones.

    Alguien sabe que significa la siguiente leyenda:

    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [08-08-2016]

    [16730412 – 3D] Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. debió haber sido sujeto pasible de retención del impuesto a las ganancias por su trabajo en relación en dependencia / jubilación. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

    Tienen la base de datos más grande del país y no pueden confirmar si la empresa en la que trabajé hizo los pagos de ganancias que me descontaron todos los meses por recibo de sueldo?

    Sirve de algo si uno se presenta en la AFIP con los recibos de sueldo?

    Mil gracias.-

    1. Te aclaro que no soy contador ni nada por el estilo. Pero me parece que si tuviste retención de ganancias por parte de tu empleador (como vos decís) la devolución no se pide por el 746 sino por el 572, Tu empleador al presentar el 572 te tenía que haber devuelto el importe. Podés preguntar para confirmar lo que te digo.Saludos

  4. Buenos dias , yo en su momento las retenciones que tenia del 2012-2014 me las tome como saldo a favor de ganancias porque no las estaban devolviendo al 2015 , es por eso que solo pedi la devolucion de las percepciones del 20% para el año 2015 y me sale este cartel :

    ESTADO [EN TRÁMITE (0-30)] FECHA ESTADO [02-08-2016]

    Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:

    Se verifica que usted posee un Saldo de Libre Disponibilidad en su Declaración Jurada de Ganancias para el período en cuestión. El trámite deberá continuarlo en la dependencia.

    Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible

    No entiendo bien . Quiere decir que si quiero lo del 2012-2014 tengo q ir a la AFIP , pero lo del 2015 sigue pendiente para que me aprueban la devolucion no? o q para que me aprueben lo del 2015 tengo q ir a la delegacion?
    Muchas gracias
    saludos

    1. Vanesa, hay otro blog que a gente que le paso esto es porque están pidiendo la devolución por el 746 y además por la declaración jurada de ganancias. Creo que esas personas lo que hicieron fue rectificar la la declaración de ganancias sacando el pedido de devolución de esas solicitudes y dejaran la solicitud de devolución por el 746. Googlea con tu leyenda y hay un blog WOWTO que las personas explican como hicieron lo que te mencione.. Espero que te sirva. Saludos

    2. Vanesa, te cuento que para resolver eso no es necesario que vayas a la dependencia, tenes que rectificar la ddjj de ganancias, eliminando las percepciones que haya exteriorizado, yo lo hice así, ya que me contactaron de AFIP, y a la semana de rectificar, me cambio el estado de los 746.

      1. Muchas gracias a todos !!! voy a hacer eso , solo rectificaste Florencia no?, no tuviste q rectificar y volver a pedir el 746 no? gracias saludos

  5. Mi marido cargó el pedido de devolución en mis aplicaciones web por formulario 746A y le aparece q por estar en relación de dependencia era sujeto pasible de pagar ganancias, el tema es que el estaba beneficiado por el decreto del 2013 ahora la devolución NO ESTA APROBADA SINO EN VERIFICACIÓN, que pasará? Le devolverán? O vamos a afip a ver q pasó?

    1. a mi me pasa lo mismo…..pero a compañeros de trabajo mio que hasta ganan mas que yo y encima tienen propiedades y demas ya les sale Aprobado – Devolucion en cuota…la unico que la pavota (yo) que hizo diferente fue declarar bienes personales en caracter informativo…(no genera pago de impuesto eso) …una duda tu marido declaro bienes personales??? porque yo tambien en ganancias estaba exenta por el decreto que decis como mis compañeros de laburo pero a ellos ya le aparece aprobado ….que HDP…..los que cumplen con la ley son a los que perjudican en este páis…nada cambió

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