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AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril. Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril.

Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual debe ser completado siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones en AFIP son los siguientes:

  • No pagar Ganancias ni Bienes Personales.
  • Tener número de CUIT.
  • Contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, lo cual requiere que la persona realice la carga de datos biométricos en la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción.

Muchos de nuestros lectores nos han hecho saber que al momento de realizar la carga de datos y presentación del F.476/A reciben el siguiente error:

0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.

La causa de este error al presentar al solicitud es que no es posible reclamar la devolución de percepciones de 2015. Los datos pueden ser cargados pero se estarán a la espera de que se produzca el vencimiento general de Ganancias, lo cual ocurre en el mes de abril.

Por lo cual, por el momento, el sistema sólo se pueden presentar solicitudes de hasta 2014.

Por otro lado, recordamos que los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que paguen Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 31 de diciembre de 2016 para efectuar la carga de deducciones. Para ello se debe presentar el Formulario 572 Web mediante el SiRADIG como se detalla ACÁ.

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400 comentarios en “AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015”

  1. hola una consulta como solicitar la devolución de las percepciones de compra de dolares periodo 2014 y 2015 siendo empleado en relación de dependencia sujeto a retenciones y que no informo en el siradig 572 antes de 31/01/2016, ahora que debo hacer para pedir la devolución de las percepciones?

  2. Buenas
    Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. se encuentra inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Por lo tanto, la percepción solicitada en devolución corresponde ser computada en la DDJJ correspondiente al impuesto citado. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

    No entiendo lo que tengo que hacer alguna ayuda=?

    1. Ramon si estas inscripto en Bienes Personales estas obligado a presentar DDJJ anual y allí tenes que poner la percepción y te queda con saldo a favor, para luego reclamarla con multinota Formulario 206

      1. Hola Graciela, te hago una consulta. yo tambien pago Bienes Personales. pero muchas de las percepciones fueron de GANANCIAS (Cod. 217) por lo cual no lo puedo computar ni grabarlas en el aplicativo de Bienes Personales. Tuviste algun caso similar.?

  3. Hola: A mi me sale el mismo cartel por compras de 2015,Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. posee bienes registrables que superarían los parámetros según los cuales sería sujeto obligado a pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales y por lo tanto debería computar estas percepciones en la declaración jurada de dicho impuesto. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma
    pero no sé que es lo que tengo que declarar, yo trabajo en realcion de dependencia y además pago el monotributo básico (39$), por si alguna vez debo facturar algo.
    Nunca declaré bienes registrables, tengo una única propiedad, no sé si debería declararla, según leí debe ser de un valor > a 300.000 no se si pesos o dolares ni si es por el valor fiscal o el de tasacion real..
    También en las de 2013, me sale que ya mi empleador las presentó, así que no sé si me las recuperó y me descontó de ganancias o si mi empleador se quedó con la plata ¿ Como puedo verificarlo?… Gracias.

  4. Un amigo quiere cargar las percepciones por compra de moneda extranjera del 2015, pero el SIRADIG no le deja, las puede cargar cambiando la fecha de la percepcion sufrida? es correcto ese procedimiento?

    1. DAmian SIRADIg percepciones 2015 vencio presentación el 31 de enero 2016, no puede cargarlas con fecha erronea no coinciden datos con la AFIP y no se las van a pagar

  5. Hola! estoy tratando de cargar en el formulario las retenciones que me hicieron en el 2015 para solicitor la devolucion y solo me aparece una, cuando intento cargar las restantes de cero me dice que la fecha tiene que corresponder al periodo de la DJ que estoy presentando, pero en todos lados dice 2015 y no me deja avanzar. Lo extraño es que cuando voy a mis retenciones figuran las 30 retenciones que me hicieron en 2015, pero por alguna razon no estan cuando voy a realizar la carga del formulario.
    Alguien le paso lo mismo?
    Me podrian ayudar?
    Muchas gracias

    1. Matias Fijate de poner el año que estas cargando, quizás pones 2016 y querés cargar 2015? que formulario estas cargando’

      1. Hola Graciela, me salta esto a mi en la pagina de AFIP, sabrá decirme que tengo que haceR?

        [37505448 – 36] Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. posee bienes registrables que superarían los parámetros según los cuales sería sujeto obligado a pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales y por lo tanto debería computar estas percepciones en la declaración jurada de dicho impuesto. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

      2. Martin Revisa si tus ingresos y bienes superan los $305.000.- si es así tenes que presentar DDJJ de Bienes Personales

      3. Graciela, en mi caso mis bienes no superan los $305.000 y soy monotributista con lo cuál el monto de ingresos tampoco aplica. Debería presentar alguna nota reclamando? Gracias!

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